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[REVISTA
EXTRANJERIA] |
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Revista
semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España |
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[L] | [BOE] Resolución de 30 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Inmigración
y Emigración, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de
Ministros, por el que se regula el contingente de trabajadores extranjeros de
régimen no comunitario en España para el año 2006. De conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2000, de
11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social, y en los artículos 77 al 83 del Reglamento de la referida
Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre,
previa propuesta de las comunidades autónomas, recibida la información oportuna
del Servicio Público de Empleo Estatal, previa consulta a la Comisión Laboral
Tripartita de Inmigración y visto el informe del Consejo Superior de Política
de Inmigración, se establece para el año 2006 el siguiente contingente de
trabajadores extranjeros no comunitarios:
Anexo I.A: Contingente de trabajadores extranjeros estables.
Anexo I.B: Contingente para búsqueda de empleo distribuido por sectores de
actividad y ocupaciones.
Anexo I.C: Contingente para búsqueda de empleo para hijos y nietos de español
de origen.
[BOE 17 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [L] | [BOE] Orden TAS/29/2006, de 18 de enero, por la que se desarrollan las normas de
cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y
Formación Profesional, contenidas en la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2006. El artículo 110 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2006, establece las bases y tipos de cotización a la
Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional
para el ejercicio 2006, facultando en su apartado doce al Ministro de Trabajo y
Asuntos Sociales para dictar las normas necesarias para la aplicación y
desarrollo de lo previsto en el mismo.
A dicha finalidad responde esta orden, mediante la cual se desarrollan las
previsiones legales en materia de cotizaciones sociales para el ejercicio 2006.
[BOE 20 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [L] | [BOE] Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, por el que se regula la composición,
competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la integración social de
los inmigrantes La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes
Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre; 11/2003, de 29 de septiembre; y 14/2003,
de 20 de noviembre, regula, en su artículo 70, el Foro para la integración
social de los inmigrantes como el órgano de consulta, información y
asesoramiento en materia de integración de los inmigrantes, constituido de
forma tripartita y equilibrada por representantes de las Administraciones
públicas, de las asociaciones de inmigrantes y de las organizaciones sociales
de apoyo, entre ellas los sindicatos de trabajadores y organizaciones
empresariales con interés e implantación en el ámbito inmigratorio,
estableciendo que su composición, competencias, régimen de funcionamiento y
adscripción administrativa se determinará reglamentariamente.
Por medio de este real decreto se redefinen algunas de las funciones que ya
venía desarrollando el Foro y se incorporan otras nuevas tratando de dotarle de
mayor relevancia, especialmente en lo que se refiere a la posibilidad de
promover o elaborar estudios o iniciativas relacionadas con la integración
social de los inmigrantes, elaborar informes sobre propuestas, planes y
programas no solo cuando le sean requeridas por la Administración General del
Estado, sino también por propia iniciativa o cooperar con otros órganos
análogos de diversos ámbitos geográficos en la búsqueda de una mejor
coordinación y mejora de las actuaciones llevadas a cabo, en beneficio de la
integración de las personas inmigrantes. De especial relevancia es la inclusión
de la consulta preceptiva al Foro por parte de la Administración General del
Estado cuando se trate de disposiciones normativas y de planes y programas de
ámbito estatal que afecten a la integración social de los inmigrantes.
[BOE 17 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [L] | [BOE] Orden TAS/27/2006, de 18 de enero, por la que se desarrolla y convoca el proceso
para la designación de vocales del Foro para la Integración Social de los
Inmigrantes que representen a las asociaciones de inmigrantes y refugiados, así
como las organizaciones sociales de apoyo. [BOE 19 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [J] | [TJUE][Laboral] El régimen de permiso de trabajo en Alemania para trabajadores extranjeros es
contrario a la libertad de prestación de servicios. Una simple declaración
previa de la empresa que pretende desplazar trabajadores nacionales de terceros
Estados es una medida menos restrictiva que la exigencia de que aquéllos estén
contratados en dicha empresa con una antelación de al menos un año. Esto
permite evitar los abusos y el uso fraudulento de la libertad de prestación de
servicios. El desplazamiento de trabajadores por cuenta ajena, nacionales de países
terceros, está regulado en Alemania por la Ley de Extranjería. Esta
Ley establece que los extranjeros que pretendan permanecer más de tres
meses en el territorio alemán y ejercer en él una actividad remunerada
deberán estar en posesión de un permiso de residencia específico.
Así, las empresas que deseen prestar servicios en Alemania deberán
garantizar que sus trabajadores de países terceros obtengan un permiso
en la representación diplomática alemana en el Estado miembro en
que la empresa esté establecida. En lo que atañe a las modalidades
de expedición de este permiso, una Circular exige que la representación
diplomática alemana compruebe, con carácter previo, entre otros
requisitos, que el trabajador esté empleado en la empresa que pretende
desplazarlo con una antelación de al menos un año.
Al considerar que tanto la práctica consistente en comprobar determinados
elementos antes del desplazamiento, como el hecho de que éste se limite
a trabajadores contratados por la empresa que presta los servicios con una
antelación
de al menos un año, constituyen obstáculos a la libre prestación
de servicios, la Comisión interpuso ante el Tribunal de Justicia de las
Comunidades Europeas el presente recurso por incumplimiento contra la República
Federal de Alemania.
[Texto completo]
| [J] | [TS][Civil] Nacionalidad española. Ciudadana israelí casada con español. Requisito de la
residencia continuada. Se denegó la nacionalidad española por residencia legal en España, por
considerar que la solicitante, "si bien lleva más de un año de residencia legal
en España, no queda acreditado en el expediente su residencia efectiva, a la
vista de las múltiples salidas que constan en la fotocopia de su
pasaporte".
El Tribunal Supremo estima el recurso aplicando el derecho reconocido por el
art. 83.5 del Real Decreto 119/1986, de 26 de mayo , que establece: "quienes
disfruten del permiso de residencia pueden salir y volver a entrar en nuestro
territorio cuantas veces lo precisen, mientras el permiso y el pasaporte o
documento análogo se encuentre en vigor", y declara que no debió ser privada
del derecho a la nacionalidad solicitado por residir en España con su marido,
de nacionalidad española, en el plazo legalmente establecido en el artículo
22.3 del Código Civil.
[Texto completo]
| [J] | [TS][Contencioso-Advo] Sanciones del orden social. Contratación inmigrantes ilegales. Acceso al recurso
de casación. Acta de infacción única para 25 trabajadores. El origen del pleito es un acta de infracción por contratar a 25 trababajadores
extranjeros sin permiso de trabajo.
El Tribunal Supremo inadmite el recurso porque sólo son susceptibles de recurso
de casación para la unificación de doctrina las sentencias contra las que no
quepa el recurso de casación ordinario, siempre que su cuantía exceda de tres
millones de pesetas. En el supuesto que nos ocupa la cuantía fue fijada en
primera instancia en 12.502.000 pesetas (75.141,54 euros), importe del acta de
infracción. Sin embargo, el recurso de casación para la unificación de
doctrina, resulta inadmisible por razón de la cuantía, pues aunque se trata de
una sola acta de infracción, cada una de las infracciones cometidas por el
recurrente están perfectamente diferenciadas, y todo ello con independencia de
que hayan dado lugar a una o varias actas, por cuanto debe entenderse que es la
cuantía individualizada de cada una de las sanciones, y no la suma de todas, la
que determina objetivamente la cuantía del proceso contencioso-administrativo a
efectos de casación. Así resulta de la correcta aplicación del artículo 41.3 de
la Ley Jurisdiccional y de las Sentencias de esta Sala de 17 de septiembre de
2.003, 21 de julio, 14 de septiembre y 7 de diciembre de 2.004
[Texto completo]
| [J] | [TS][Contencioso-Advo] Asilo. Inadmisión a tramite de la solicitud por la Administración. Colombiana.
Procede admitir la solicitud. La inadmisión a trámite de la solicitud de asilo de la recurrente se basó en la
circunstancia contemplada en el subapartado d) del artículo 5.6 de la Ley
5/1984, de Asilo, modificada por la Ley 9/1994 , "por cuanto la solicitud está
basada en alegaciones manifiestamente inverosímiles, habida cuenta que el
relato en que el solicitante basa su solicitud contiene contradicciones
sustanciales entre los hechos narrados como determinantes de la persecución
alegada y la documentación aportada por la solicitante, por lo que no puede
considerarse que la misma haya sufrido tal persecución, sin que se desprendan
del conjunto del expediente otros elementos que indiquen que la misma haya
existido o que justifiquen un temor fundado a sufrirla".
El Tribunal Supremo concluye que es verdad que el relato parece presentar
puntos frágiles, pero en todo caso se trata de cuestiones que deben dilucidarse
durante la tramitación del expediente, dando a la solicitante la posibilidad de
alegar y probar cuanto estime oportuno a fin dar consistencia a su petición de
asilo; sin que la fase de admisión a trámite sea el momento procedimental
adecuado para adelantar un juicio sobre la cuestión de fondo planteada, que
solo cabrá formular una vez tramitado el expediente en su totalidad.
[Texto completo]
| [J] | [DGRN] Matrimonio de extranjeros en España. Simulación. Se promueve expediende matrimonial por dos nigerianos residentes en España.
El encargado del Registro y la dirección confirman la denegación de la
autorización por simulación.
Es destacable la carga doctrinal de este resolución analizando los diferentes
supuestos y la competencia de las autoridades españolas para entrar o no a
probar la verdadera existencia de consentimiento y voluntad matrimonial. [Texto completo]
| [J] | [DGRN] Nacionalidad española. Opción por hijo de español. Requisito para que un nacido
en España en 1930 sea español de origen. Se promueve el reconocimiento de la nacionalidad española por ciudadana
marroqui.
El encargado consular deniega la inscripción porque no queda acreditada la
nacionalidad española de origen del padre o madre de la solicitante. La
Dirección General determina que segun el artículo 20 n.º1, b) del Código civil,
en su redacción dada por Ley 36/2002, de 8 de octubre, tienen derecho a optar
por la nacionalidad española «aquellos cuyo padre o madre hubiere sido
originariamente español y nacido en España». Consecuentemente, el primer hecho
que debía haberse acreditado por la interesada era la nacionalidad española de
origen del padre, por ser éste uno de los requisitos exigidos para que
prosperara la opción prevista en el artículo 20.1.b) Cc. Según consta en el
expediente, el padre nació en Melilla el 27 de agosto de 1930, hijo de padre y
madre marroquíes. En dicha fecha se consideraban españoles las personas nacidas
en territorio español (cfr. art. 17, 1.º Cc en su redacción originaria), pero
para que pudieran gozar de este beneficio era requisito indispensable que los
padres -o sea, los abuelos paternos de la promotora- hubiesen optado a nombre
de su hijo por la nacionalidad española (cfr. art. 18, pár 2.º Cc, en su
redacción originaria) y no consta que se hubiese hecho uso de esta posibilidad.
Por tanto, no puede darse por probada la nacionalidad española de origen del
padre de la interesada, aunque conste que en 1998 recuperó la nacionalidad
española, y consecuentemente, no puede prosperar la opción ejercitada. [Texto completo]
| [J] | [JC-A Palma][Contencioso-Advo] Proceso de regularización. Prueba de la permanencia en España. Validez de un
certificado de convivencia. En el proceso de regularización se presenta tarjeta de embarque y certificado de
convivencia expedido por Secretario de Ayuntamiento.
La delegación del Gobierno deniega el permiso, pero el Juzgado de lo
contencioso estima el recurso por enteder que esos documentos son suficientes
para acreditar la permanencia en España. [Texto completo]
| [J] | [JC-A Palma][Contencioso-Advo] Proceso de regularización. Prueba de la permanencia en España. Validez de un
certificado de clases de español. En el proceso de regularización se presenta certificado médico, envío de
remesas, y certificado expedido por una Escuela de idiomas para extranjeros.
La delegación del Gobierno deniega el permiso, pero el Juzgado de lo
contencioso estima el recurso por enteder que esos documentos son suficientes
para acreditar la permanencia en España. [Texto completo]
| [N] | Un Juzgado de Nules concede el divorcio a una pareja casada en Marruecos por el
rito musulmán. La sentencia afirma que el interés de una persona en lograr la separación «debe
primar sobre el criterio que supone la aplicación de la ley nacional» de los
cónyuges. (abc.es) [19 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | INFORME SOBRE LA REFORMA FISCAL Y LOS ANTEPROYECTOS DE REFORMA DEL IRPF Y DEL
IMPUESTO DE SOCIEDADES. El nuevo IRPF mejora la fiscalidad de las rentas del trabajo medias y bajas y
asegura un tratamiento más equitativo para todos los contribuyentes.
Se incrementa la cuantía de las circunstancias personales y familiares que,
además, tributarán a tipo cero. La rebaja de impuestos para el 60 por 100 de
los contribuyentes será del 17 por 100.
El tipo marginal máximo baja dos puntos, hasta el 43 por 100, y la tarifa
tendrá cuatro tramos.
Todos los instrumentos de ahorro tributarán a un tipo único del 18 por 100. Los
productos ligados a la dependencia tendrán, por primera vez, el mismo
tratamiento fiscal que los planes de pensiones.
La base de desgravación por adquisición de la vivienda habitual se mantiene en
9.015 euros.
El Impuesto sobre Sociedades bajará gradualmente cinco puntos entre 2007 y
2011, tanto en el tipo general, que pasará del 35 por 100 al 30 por 100, como
en el tipo de las pymes, que pasará del 30 por 100 al 25 por 100.
[21 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | TEXTO DEL ANTEPROYECTO DE REFORMA FISCAL
El texto del Anteproyecto de Ley de reforma del Impuesto sobre la Renta y el
Impuesto sobre Sociedades, que desde hoy está disponible en la web, se
someterá a información pública durante tres semanas.
Este mismo viernes el Anteproyecto ha sido enviado a las Comunidades
Autónomas.
El próximo 31 de enero se convocará un Consejo de Política
Fiscal y Financiera para analizar la reforma.
En febrero el Gobierno aprobará el Proyecto de Ley y lo remitirá
a las Cortes para su tramitación. La nueva Ley entrará en vigor
el 1 de enero de 2007. [21 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | TEXTO DEL PROYECTO DE LEY SOBRE EL ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGADO Y
PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES. Publicamos el texto del proyecto aprobado por el Consejo de Ministros y remitido
a las Cortes. [21 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | El cabecilla de la red de inmigración pudo contactar con los extranjeros en
Asturias. La Policía no descarta que negociara con marroquíes ilegales en la región para
ofrecerles la posibilidad de regularizarse a cambio de dinero (lne.es)
[22 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Un joven ecuatoriano, primer extranjero regularizado por «arraigo laboral» El Reglamento de Extranjería recoge esta vía si se demuestran dos años de
relación con la empresa. (larazon.es) [22 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Embajada colombiana informa emigrantes beneficios Convenio Seguridad Social. Unos cien mil colombianos trabajadores en España podrán sumar para su jubilación
las cotizaciones realizadas a la Seguridad Social de su país antes de emigrar,
en virtud de un convenio bilateral aprobado recientemente. (univision.com) [21 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Una funcionaria detenida en Gerona por manipular expedientes de Extranjería Con sus actividades ilegales, logró que sesenta ciudadanos rusos de alto nivel
adquisitivo pudieran regularizar su situación en España (abc.es)
[21 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Un trabajador colombiano, el primero que obtiene los 'papeles' por arraigo
laboral en la Comunidad de Madrid Edison M.O., de nacionalidad colombiana, ha sido el primer trabajador en obtener
la regularización de su situación laboral en la Comunidad de Madrid por el
procedimiento del arraigo laboral, según informó UGT-Madrid. [21 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Los inmigrantes vecinos de Madrid son más del 41 por ciento en algunos barrios. La capital supera los 3,2 millones de habitantes, 37.233 más que en el último
recuento, pero pierde residentes españoles y crece sólo gracias a los
extranjeros. (abc.es) [20 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Valencia. Más de un cuarto de millón de extranjeros podrá votar en las
municipales de 2007. Los foráneos superarán el 12 y el 8 por ciento del censo electoral de Alacant y
Castelló. [20 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Estrasburgo niega el derecho al voto a los inmigrantes . Rechaza que extranjeros residentes legales participen en comicios municipales y
europeos. (diariodesevilla.com) [19 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Más de 650.000 extranjeros están en situación irregular en España . El grupo más numeroso lo forman 400.000 personas que residen en España pero no
pueden trabajar, porque no tienen la edad legal, 16 años o por superar la edad
de jubilación, los 65 años. Este es el grupo que menos preocupa a la
Administración que confía en su regularización paulatina gracias a sus lazos
familiares. (canalsur.es)
[17 - 1 - 2006] [Texto completo]
| [N] | Alava. 421 extranjeros afincados en Álava pidieron la nacionalidad española en
el último año. La cifra es un 25% superior a la del ejercicio anterior 386 vecinos de la
provincia han logrado el pasaporte español desde 2003. (elcorreodigital.com)
[17 - 1 - 2006] [Texto completo]
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