paraextranjeros.com
[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 14 de marzo de 2007
Año 4, Núm. 135
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
Suscripción, aquí
email de contacto

El enlace [Textos completos] no está activo en la versión promocional de esta Revista

[L]

[BOE] Corrección de errores del Instrumento de Ratificación del Tratado entre el Reino de Bélgica, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, Irlanda, la República Italiana, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Finlandia, el Reino de Suecia, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Estados Miembros de la Unión Europea) y la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República de Eslovaquia relativo a la Adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca a la Unión Europea, hecho en Atenas el 16 de abril de 2003.
[BOE 7 - 3 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Instrumento de ratificación del Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, 1989 (número 169 de la OIT), hecho en Ginebra el 27 de junio de 1989.
[BOE 8 - 3 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Corrección de errores de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal.
[BOE 8 - 3 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Orden TAS/503/2007, de 28 de febrero, por la que se crea un registro telemático en el Servicio Público de Empleo Estatal para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen los criterios generales para la tramitación telemática de determinados procedimientos.
Esta orden tiene por objeto la creación y regulación del funcionamiento de un registro telemático, para la recepción, remisión y tramitación de solicitudes, escritos y comunicaciones que se presenten por vía telemática ante el Servicio Público de Empleo Estatal relacionados con los trámites y procedimientos incluidos en el Anexo, así como la determinación de las condiciones y requisitos para su presentación y tramitación. [BOE 8 - 3 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Real Decreto 170/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del Registro Civil, aprobado por Decreto de 14 de noviembre de 1958.
La renovación legislativa que se está produciendo en los últimos tiempos en el ámbito del Derecho de Familia determina la necesidad de adaptar la normativa del Registro Civil a tales cambios. En particular, el objetivo de esta modificación reglamentaria estriba en lograr la adecuada coordinación del Reglamento del Registro Civil con la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, cuya disposición adicional vigésima modificó el párrafo segundo del artículo 58 de la Ley del Registro Civil en materia de cambio de apellidos, y con la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.
Esta reforma reglamentaria persigue un segundo objetivo que es el de acomodar el Reglamento del Registro Civil a las modificaciones introducidas por la citada Ley 15/2005, de 8 de julio, de modificación del Código civil en materia de separación y divorcio. Así, resulta necesario acometer la reforma del actual artícu­lo 263 del Reglamento del Registro Civil para adaptarlo a las exigencias que impone la nueva concepción de la separación o divorcio sin causa y sin culpa de ninguno de los esposos. Esta nueva concepción de estas instituciones resulta incompatible con la redacción actual del citado precepto reglamentario en el que se prevé que «Las inscripciones de las resoluciones judiciales precisarán su alcance y causa del divorcio, nulidad o separación, la buena o mala fe de los cónyuges y las determinaciones sobre patria potestad y cuidado de los hijos», incompatibilidad que se ciñe a las menciones obligatorias de la causa del divorcio o separación y a la buena o mala fe de los cónyuges, que desaparecidas de la Ley civil, deben desaparecer también de la reglamentación registral, en aplicación de los principios de jerarquía normativa y de concordancia del Registro con la realidad extrarregistral.
La reforma se debe completar, por la misma motivación antes expresada, con la supresión de la referencia que a las causas de la separación o divorcio de un matrimonio se contienen en el artículo 21 del Reglamento del Registro Civil al enumerar los distintos supuestos de publicidad restringida, sometidas a autorización especial. En correspondencia con los cambios que se introducen en este precepto se modifica también el artículo 22 de Reglamento del Registro Civil. [BOE 9 - 3 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Orden APU/513/2007, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden APU/203/2004, de 29 de enero, por la que se crea un Registro Telemático en el Ministerio de Administraciones Públicas para la presentación de escritos y solicitudes y se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos.
La presente Orden tiene por objeto la determinación de las reglas y criterios que han de observarse para la presentación telemática de los escritos, solicitudes y comunicaciones que se presenten respecto de los procedimientos administrativos incluidos en los anexos I y II a la presente Orden, así como la creación y regulación del régimen de funcionamiento de los Registros telemáticos encargados de la llevanza y recepción de dichos escritos, comunicaciones y solicitudes. [BOE 9 - 3 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOCG] PROYECTO DE LEY de Sociedades profesionales.
Aprobación definitiva por el Congreso. [BOCG 9 - 3 - 2007] [Texto completo]


[J]

[TJUE] Impuesto sobre la renta – Crédito fiscal sobre los dividendos repartidos por sociedades residentes – Artículos 56 CE y 58 CE – Limitación temporal de los efectos de la sentencia
Los antecedentes de derecho del procedimiento principal datan de los años noventa. En virtud de la normativa alemana vigente en esas fechas, los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta en Alemania por obligación personal podían acogerse a un crédito fiscal por los dividendos percibidos de sociedades alemanas, pero no por los dividendos procedentes de sociedades establecidas en otros Estados miembros. Por tanto, los accionistas de estas sociedades no se beneficiaban de este mecanismo, que permite a los sujetos pasivos deducir de su deuda tributaria en concepto del impuesto sobre la renta 3/7 partes de los dividendos que se les hayan abonado.
Entre 1995 y 1997 el Sr. Meilicke, ciudadano alemán residente en Alemania, obtuvo dividendos por las acciones que poseía en sociedades neerlandesas y danesas. En 2000 los herederos del Sr. Meilicke, fallecido en el ínterin, solicitaron sin éxito del Finanzamt Bonn-Innestadt que se les aplican el régimen de crédito fiscal sobre los citados dividendos. Los herederos del Sr. Meilicke sometieron el asunto al Finanzgericht Köln, el cual preguntó al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con carácter prejudicial si las disposiciones comunitarias en materia de libre circulación de capitales autorizan un régimen fiscal como el alemán.

Una restricción no justificada de la libre circulación de capitales
En su sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia declara que una normativa fiscal como la alemana restringe la libre circulación de capitales. A este respecto se remite a su jurisprudencia en la que aclara las exigencias que impone la libre circulación de capitales en materia de dividendos de sociedades no residentes percibidos por personas residentes.
El Tribunal de Justicia señala que el crédito fiscal previsto por la normativa fiscal alemana tiene por objeto, al igual que el previsto por la normativa fiscal que dio lugar a la sentencia Manninen, evitar la doble imposición de los beneficios de las sociedades distribuidos en forma de dividendos.
A este respecto recuerda que, al limitar el crédito fiscal únicamente a los dividendos distribuidos por sociedades establecidas en Alemania, dicha normativa perjudica, por una parte, a las personas sujetas al pago del impuesto sobre la renta en este Estado miembro por obligación personal que perciben dividendos de sociedades establecidas en otros Estados miembros. Estas personas están sujetas al pago del impuesto sin poderse acoger a la imputación al impuesto que grava los rendimientos del capital del impuesto de sociedades adeudado por las sociedades en el Estado en que están establecidas.
Por otra parte, dicha normativa constituye para estas sociedades un obstáculo para obtener capitales en Alemania.
A continuación, el Tribunal de Justicia rechaza la alegación de que la normativa controvertida se justifica por la necesidad de garantizar la coherencia del régimen tributario nacional. A este respecto señala que, para no poner en peligro la coherencia de dicho régimen tributario, basta con conceder a un sujeto pasivo que posee acciones de una sociedad establecida en otro Estado miembro un crédito fiscal que sería calculado en función del impuesto devengado por ésta con arreglo al impuesto de sociedades en este último Estado miembro. Esta solución constituiría una medida menos restrictiva de la libre circulación de capitales.

El Tribunal de Justicia no limita los efectos en el tiempo de su sentencia
En sus observaciones, el Gobierno alemán ha mencionado la posibilidad que tiene el Tribunal de Justicia de limitar temporalmente los efectos de la sentencia. Por una parte llama la atención del Tribunal sobre las graves consecuencias que tendría una declaración de incompatibilidad de la normativa controvertida con la libre circulación de capitales. Por otra parte, aduce que, antes de que se dictara la sentencia Verkooijen en 2000, podía pensarse que estar normativa era conforme con el Derecho comunitario.
El Tribunal de Justicia recuerda que puede limitar los efectos en el tiempo de la interpretación de una norma de Derecho comunitario sólo con carácter excepcional y en la misma sentencia que resuelve sobre la interpretación solicitada.
Precisa que es necesario un momento único de determinación de los efectos en el tiempo de tal interpretación. A este respecto, el principio de que una limitación sólo puede admitirse en la misma sentencia que resuelve sobre la interpretación solicitada garantiza la igualdad de trato de los Estados miembros y de los demás justiciables frente al Derecho comunitario y cumple, de esta manera, las exigencias que impone el principio de seguridad jurídica.
A este respecto señala que las exigencias que se desprenden del principio de libre circulación de capitales en materia de dividendos percibidos por residentes de sociedades no residentes ya fueron aclaradas en la sentencia Verkooijen y que los efectos de ésta sentencia no se limitaron en el tiempo.
Por estos motivos, el Tribunal de Justicia llegó a la conclusión de que no procede limitar en el tiempo los efectos de la sentencia que hoy pronuncia.
[Texto completo]


[J]

[TS][Penal] Terrorismo islamista. Pertenecia a banda armada. Fatwas o decretos islámicos. Proyecto de difusión en Internet.
Voto particular.

Ahmed Brahim siguiendo la estrategia marcada por la organización terrorista Al Qaeda, decidió desarrollar un proyecto de divulgación de la ideología radical y fundamentalista del extremismo islámico, incluidas las citadas fatwas o decretos islámicos, y captar a personas musulmanas de todo el mundo.
El proyecto del acusado Brahim era la realización de una página web, para difundir en internet, que permitiera a cualquier musulmán acceder a los sheiks más radicales que propugnaban la Yihad en la acpeción citada de guerra santa; esto es, la divulgación de la ideología terrorista que propugna la organización Al Qaeda. Y el lenguaje utilizado era el francés, para su mayor divulgación, dado el desconocimiento que muchos musulmanes del mundo occidental tienen de la lengua árabe.
La web no estaba operativa.
La Audiencia Nacional le condena pertenencia a grupo u organización terrorista. El Tribunal Supremo estima parcialmente su recurso respecto al secreto de las comunicaciones teléfonicas, pero no altera el contenido del fallo. [Texto completo]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Expulsión de extranjero. Debe motivarse y no basta la mera presencia ilegal en España.
Un extranjero se encuentra ilegalmente en España. La administración acuerda su expulsión y prohibición de entrada por 10 años. El tribunal Superior de Justicia reduce la prohibición de entrada a tres años. El Supremo establece:
A) Tratándose de supuestos en que la causa de expulsión es, pura y simplemente, la permanencia ilegal, sin otros hechos negativos, es claro que la Administración habrá de motivar de forma expresa por qué acude a la sanción de expulsión, ya que la permanencia ilegal, en principio, se sanciona con multa.
B) Pero en los supuestos en que en el expediente administrativo consten, además de la permanencia ilegal, otros datos negativos sobre la conducta del interesado o sus circunstancias, y esos datos sean de tal entidad que, unidos a la permanencia ilegal, justifiquen la expulsión, no dejará ésta de estar motivada porque no se haga mención de ellos en la propia resolución sancionadora.
Como en este caso no se dan estos requisitos, estima el recurso, aunque no puede declarar el derecho del demandante a permanecer en España, ya que ese pronunciamiento excede de la razón de decidir de esta sentencia. [Texto completo]


[J]

[TC][Social] Vulneración del derecho a no ser discriminada por razón del sexo: despido por no superar un segundo período de prueba improcedente, a causa de su embarazo; prueba y nulidad.
En el presente caso se cuestiona por la recurrente en amparo la extinción de su contrato de trabajo por falta de superación del periodo de prueba debido a la disminución de su rendimiento profesional, al considerar que esa decisión empresarial, respaldada por los órgano judiciales, vulnera el derecho a la no discriminación por razón de sexo (art. 14 CE) al tener por causa sus sucesivas bajas en el trabajo ocasionadas por sus embarazos y ulteriores abortos.
El Tribunal Constitucional estima el amparo. [Texto completo]


[J]

[TC] Vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley: sentencia de casación social que desestima un recurso para la unificación de doctrina por falta de contradicción y de contenido casacional contradiciendo sentencias anteriores.
El recurrente en amparo denuncia que la resolución recurrida infringe el art. 14 CE por lesionar su derecho a la igualdad en la aplicación de la ley (lesión a la que anuda la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva reconocida en el art. 24.1 CE), al desestimar su recurso de casación para la unificación de doctrina por falta de contradicción y de contenido casacional, cuando en supuestos sustancialmente idénticos al de autos, en los que se había alegado la misma sentencia de contraste (a saber, la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 29 de abril de 2002), se apreció la existencia de contradicción en lo referentea la competencia del orden social para conocer de la declaración de altas y bajas en la Seguridad Social sin que, en su caso, el órgano judicial haya razonado el cambio de criterio, resultando su decisión, en consecuencia, arbitraria y carente de motivación suficiente.
El Tribunal Constitucional otorga el amparo. [Texto completo]


[N]

España regula la adopción en países islámicos
El anteproyecto de Ley del Gobierno incluye el «acogimiento permanente» para solventar los problemas en zonas donde prohijar no está ordenado. Evita mencionar a los homosexuales y las trabas que les ponen algunos países. (larazon.es) [7 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

Spanair deberá indemnizar a dos abogados de Barcelona que no llegaron a una vista en Madrid por retrasarse su vuelo
La Audiencia de Barcelona ha condenado a la compañía aérea Spanair a indemnizar con 600 euros a dos abogados de la capital catalana que no llegaron a tiempo a una vista en un juzgado de Madrid debido a un retraso de dos horas y 45 minutos en su vuelo. Los letrados se vieron obligados a viajar con otra compañía, cuyo billete era más caro, y llegaron a su destino cuatro horas más tarde de lo previsto. (diariosigloxxi.com) [7 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

Emigración y Seguridad Social firman un convenio para la cesión de datos
El director general de Emigración, Agustín Torres y el director general de la Tesorería General de la Seguridad Social, Javier Aibar, han firmado un convenio que permitirá a la Dirección General de Emigración, responsable de la atención a los españoles del exterior, acceder a las bases de datos de la seguridad social con el fin actuar coordinadamente y mejorar las prestaciones sociales que se destinan a los españoles que residen fuera de España, sean emigrantes, o no, y a los retornados. [9 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

La Agencia Tributaria prestará este año servicios de Campaña de Renta a través de la Televisión Digital Terrestre interactiva.
La principal novedad de la Campaña de Renta de este año es la apertura de un nuevo canal para ofrecer a los contribuyentes algunos de los servicios que presta la Agencia Tributaria para facilitar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se trata de la Televisión Digital Terrestre interactiva y, para ello, la Agencia Tributaria cuenta con la colaboración de Televisión Española, Telecinco, laSexta y Cuatro. [9 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

Programa de ayuda, presentación y consulta del modelo 104+105 - I.R.P.F. Solicitud de devolución o borrador.
Esta disponible en la web de la Agencia Tributaria [9 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, después de haber sido sometido a informe de la Agencia Española de Protección de Datos, del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado.
* La norma afecta a la cesión de datos de las comunicaciones electrónicas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
* Los datos que deben retenerse en ningún caso revelarán el contenido de la comunicación. Además, se requerirá siempre autorización judicial.
* Las tarjetas prepago dejarán de ser anónimas y la Policía podrá conocer la identidad de su titular a efectos de una investigación, detección o enjuiciamiento de delitos.
[12 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio relativo a la extradición entre el Reino de España y la República Argelina Democrática y Popular.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio relativo a la extradición entre el Reino de España y la República Argelina Democrática y Popular, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de diciembre de 2006. [12 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

El presidente de Anesvad ingresa en prisión tras declarar ante la juez
El presidente de la ONG Anesvad, José Luis Gamarra, ha ingresado esta madrugada en prisión, después de declarar durante varias horas ante la juez de Guardia, por su presunta implicación en un delito de apropiación indebida de fondos de la citada organización, según han confirmado fuentes jurídicas. (elmundo.es) [12 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

Un polémico software ayuda a los jueces chinos a dictar sentencia
Con solo pulsar una tecla e introducir los datos del caso, el programa facilita al juez una sugerencia sobre la sentencia. (lavanguardia.es) [12 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

La incorporación a los sitios de Internet de contenidos creados por los usuarios genera dudas sobre la responsabilidad legal cuando aparece algún delito
En la elaboración de la programación televisiva o las páginas de un periódico intervienen varios filtros que deciden qué se publica y qué no. Pero en Internet el funcionamiento es distinto, los medios han abierto la puerta a los contenidos elaborados por sus usuarios y publican -a veces sin control previo- comentarios, textos y vídeos ajenos a la redacción. La responsabilidad por las infracciones que puedan cometerse en esos contenidos ?delitos contra el honor o derechos de autor, normalmente- quedó fijada hace tiempo en una Ley, pero su aplicación está generando más dudas de las esperadas. (elpais.es) [13 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

El Supremo francés anula definitivamente el primer matrimonio homosexual del país
El Tribunal Supremo francés anuló definitivamente el primer matrimonio homosexual celebrado en Francia por un alcalde en 2004, lo que cierra la puerta a la unión de personas del mismo sexo con la actual legislación del país. "Según la ley francesa, el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer", señaló la sentencia del alto Tribunal. (elmundo.es) [14 - 3 - 2007] [Texto completo]


[N]

La Ley de Igualdad abre la puerta a indemnizaciones millonarias
La Ley de Igualdad, que es probable que se apruebe definitivamente este mes, abre la puerta a que los jueces impongan a las empresas indemnizaciones multimillonarias por discriminación de sus trabajadores, algo que ahora no ocurre en España. (cincodias.com) [14 - 3 - 2007] [Texto completo]



© 2002 - 2005 PYB ENTERPRISES S.L.
Este semanario es una publicación de paraextranjeros.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido de la presente revista. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraextranjeros.com es una web de PYB Enterprises, SL.
paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.


PYB Enterpiseses, SL. Centro de trabajo:
Av. Huerta Grande, 2 portal D bajo B, 28223 - POZUELO DE ALARCON (MADRID-España) TELEFONO + 34 902 198 832 – Fax + 34 901 020362.
Contactar:
pulse aquí.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos. Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

NOVEDAD

AREA DE CLIENTES

[Entrada]

Acceso a todas las revistas

NOVEDAD


Recomendamos
VI Curso de Iniciación a la Práctica de Derecho de Extranjería. Curso 2006/2007
Curso a distancia. Diploma acreditativo reconocido por el Consejo General de la Abogacía Española.
Regalo revista un año
Precio:385.00 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
Derecho migratorio y extranjeria
Suscripción anual, TODO LO NECESARIO PARA ASESORAR EN EXTRANJERIA. Bases de datos interrelacionadas: legislación, jurisprudencia, formularios, modelos y esquemas procedimentales + Código de legislación en papel.
Promoción especial 90 € menos.
Precio:285.00 € Oferta:195.00 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Formularios , Dº Extranjeria]
Revista de Derecho Migratorio y Extranjería
Suscripción anual, REVISTA PAPEL + VERSIÓN ONLINE
OFERTA 2 x 1
Precio:114.50 € Oferta:108,78 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
Revista Jurídica Extranjería
Suscripción anual, La mejor forma de estar informado sobre los derechos y deberes de los extranjeros en España.
Precio:99.00 € Oferta:94,05 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]

Novedades bibliográficas
Inmigración y extranjería
370 páginas, 1ª edición, febrero 2007,
Precio:48.08 € Oferta:45,68 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
El desamparo y la protección de los menores inmigrantes
200 páginas, 1ª edición, febrero 2007,
Precio:25.00 € Oferta:23,75 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Civil, Dº de Familia, Dº Extranjeria]
Competencia judicial y ley aplicable al contrato de trabajo con elemento extranjero
304 páginas, 1ª edición, enero 2007,
Precio:27.00 € Oferta:25,65 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Laboral, Dº Extranjeria, Dº Procesal]
Intervención del juez penal en la expulsión de extranjeros.
200 páginas, 1ª edición, diciembre 2006,
Precio:30.77 € Oferta:29,23 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Penal, Dº Extranjeria]
La Reagrupación Familiar de los Extranjeros en España.
408 páginas, 1ª edición, noviembre 2006,
Precio:42.31 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
La participación de los inmigrantes en el ámbito local
451 páginas, 1ª edición, noviembre 2006,
Precio:33.60 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
Inmigración y mercado de trabajo en la era de globización.
252 páginas, 1ª edición, noviembre 2006,
Precio:24.00 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
La politica comun europea del derecho de asilo.
268 páginas, 1ª edición, noviembre 2006,
Precio:23.90 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
Jurisprudencia Registral Sobre Nacionalidad y Estado Civil.
2946 páginas, 1ª edición, octubre 2006,
Precio:188.46 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Civil, Dº de Familia, Dº Extranjeria]
Tratado de extranjería.
900 páginas, 2ª edición, octubre 2006, Incluye CDROM con Jurisprudencia y Formularios
Precio:120.19 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Formularios , Dº Extranjeria]
Las comunidades autónomas y la inmigración.
575 páginas, 1ª edición, octubre 2006,
Precio:43.10 €(+iva)
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Dº Extranjeria]
Los empleados domésticos extranjeros
95 páginas, 1ª edición, octubre 2006,
Precio:15.00 €(+iva)24 H
[Pedir]   [Más info] [Más sobre Formularios , Dº Laboral, Dº Extranjeria]

MEMENTO FISCAL 2007

entrega en mano sin gastos de envío

Memento Fiscal 2007

MEMENTO SOCIAL 2007

entrega en mano sin gastos de envío

Memento Social 2007
AHORA - 5 %