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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 3 de mayo de 2007
Año 4, Núm. 142
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
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[L]

[BOE] Real Decreto 545/2007, de 27 de abril, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia para el curso 2007-2008.
Real Decreto de desarrollo de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reforma para el impulso de la productividad donde se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar así como las cuantías de becas y ayudas al estudio del MEC para el curso 2007-2008.

La citada Ley 24/2005 establece que el Ministerio de Educación y Ciencia convocará becas y ayudas al estudio para seguir estudios reglados y para las que no se fije un número determinado de personas beneficiarias, concediéndose de forma directa al alumnado tanto universitario como no universitario. La cuantía de las referidas becas y ayudas al estudio se fijará en función de los costes que genere la educación para los estudiantes, así como de las circunstancias socioeconómicas de su unidad familiar y que se concederán atendiendo, cuando proceda, al aprovechamiento académico y a los niveles de renta y patrimonio con que cuente la unidad familiar.

De esta forma, en cumplimiento de lo anteriormente expuesto, el Real Decreto 468/2006, de 21 de abril estableció los parámetros económicos de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia que se convocan sin un número determinado de personas beneficiarias, fijando sus cuantías, así como los umbrales de patrimonio y renta familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a su obtención, estando la vigencia del mencionado real decreto limitada al curso académico 2006-2007.

Este real decreto incrementa las cuantías, como término medio, en un 5 por ciento con relación a las del curso anterior y los umbrales de renta familiar se actualizan hasta en un 13,5 por ciento con relación a los vigentes en el curso 2006-2007. Asimismo, por lo que se refiere a las enseñanzas para las que se convocan becas sin un número predeterminado de beneficiarios, se incluyen las correspondientes a los estudios de Másteres oficiales, para los que en el curso 2006-2007 se convocaron 2.000 becas. No se incluyen, sin embargo, con carácter general, ayudas para cursar el segundo ciclo de educación infantil en centros no sostenidos con fondos públicos, como consecuencia de la extensión de la gratuidad que hace ya innecesaria la convocatoria de ayudas para escolarización en este nivel educativo.

[BOE 28 - 4 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).
El Real Decreto 1560/1992, de 18 de diciembre, estableció una Clasificación Nacional de Actividades Económicas, denominada CNAE-93, que sufrió una actualización de orden menor en el año 2003, denominada CNAE-93 Rev.1.

Con el objeto de reflejar los cambios estructurales de la economía, y en especial el desarrollo tecnológico habido desde la última revisión de la clasificación, debe establecerse una Clasificación Nacional de Actividades Económicas actualizada, denominada en lo sucesivo CNAE-2009.

Esta clasificación supone un impulso en los esfuerzos por modernizar la producción de las estadísticas nacionales al adecuarse a la realidad actual, y permite que las empresas, las entidades financieras, los gobiernos y los demás operadores del mercado dispongan de datos fiables y comparables.

La comparabilidad internacional de las estadísticas requiere que los países utilicen clasificaciones de actividades económicas que sigan las recomendaciones internacionales. España tiene que cumplir los requerimientos del Reglamento (CE) n.º 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, que establece la clasificación europea de actividades económicas (NACE Rev.2) y la relación que deben tener las versiones nacionales con esta clasificación. Además, esta clasificación europea, y por ende las versiones nacionales, siguen las recomendaciones adoptadas por la Comisión de Estadística de Naciones Unidas materializadas en la vigente Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU Rev.4).

Para garantizar la comparabilidad de la información a lo largo del periodo de vigencia de la clasificación es necesario interpretar de un modo uniforme las distintas categorías de la CNAE-2009. Asimismo, la realidad económica cambia gradualmente, pudiendo hacer necesarios ligeros cambios en la estructura de la CNAE-2009, en especial para adaptarse a las modificaciones que puedan sufrir las clasificaciones internacionales de referencia.

La transición de la CNAE-93 Rev.1 a la CNAE-2009 requiere una plena coordinación del sistema estadístico. Para ello es preciso que los productores de estadísticas oficiales adapten sus sistemas estadísticos antes de implantar la nueva clasificación. De ahí que sea conveniente un periodo entre la aprobación de este Real Decreto y la aplicación de la clasificación en las operaciones estadísticas.

[BOE 28 - 4 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Decisión del Consejo, de 19 de abril de 2007, por la que se establece para el período 2007-2013 el programa específico «Derechos fundamentales y ciudadanía», integrado en el programa general «Derechos fundamentales y justicia»
El programa persigue los objetivos generales siguientes:
a) promover el desarrollo de una sociedad europea basada en el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 6, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea, incluidos los derechos que emanan de la ciudadanía de la Unión;
b) reforzar la sociedad civil y fomentar un diálogo abierto, transparente y periódico con ella sobre los derechos fundamentales;
c) combatir el racismo, la xenofobia y el antisemitismo y fomentar una mejor comprensión interconfesional e intercultural y una mayor tolerancia a través de toda la Comunidad Europea;
d) mejorar los contactos, el intercambio de información y las relaciones entre las autoridades jurídicas, judiciales y administrativas y los profesionales del Derecho, a través del apoyo a la formación judicial, con vistas a una mejor comprensión mutua entre dichas autoridades y profesionales, entre otros medios. [DOCE 27 - 4 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Corrección de errores de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de cooperación al desarrollo de la Comunitat Valenciana.
[BOE 28 - 4 - 2007] [Texto completo]


[J]

[TSJPV][Laboral] Desempleo. Solicitud al INEM de prestación de trabajador boliviano. Reconocimiento de la prestación.
Un trabajador de nacionalidad boliviana solicita al INEM la prestación por desempleo, la cual no es reconocida en 1ª instancia porque el trabajador carece de permiso de residencia en España, habiendo trabajado sin que fuese dado de alta y cotizase la empresa por su prestación laboral. El Tribunal falla en favor del trabajador declarando su derecho a percibir la prestación de desempleo. [Texto completo]


[J]

[DGRN] Expediente sobre inscripción de adopción internacional. India
En una adpotación de una menor hindú se debate la competencia sobre la inscripción entre el Registro Civil de la localidad de los padres, el Registro Civil Central y el Juzgado de Primera Instancia.
La Dirección General estima el recurso del Fiscal. [Texto completo]


[J]

[DGRN] Expediente sobre recuperación de la nacionalidad española. Hija de española y norteamericano
La interesada, nacida en R. en 1966, pretende la recuperación de la nacionalidad española basándose en que su madre, originariamente española, también había nacido en España y en ella estaba domiciliada en el momento del nacimiento de la interesada. La Juez Encargada del Registro Civil dictó auto denegando la pretensión deducida por considerar que la promotora adquirió al nacer la nacionalidad estadounidense del padre y nunca tuvo la española, por lo que no es posible una recuperación.
La Dirección General estima el recurso. [Texto completo]


[J]

[DGRN] Autorización de matrimonio entre español y marroquí menor de edad. Ley aplicable
Se trata de la autorización que instan un español y una ciudadana marroquí para contraer matrimonio civil en España (cfr. art. 49.1.º Cc). El expediente previo para la celebración del matrimonio ha de instruirse conforme a las reglas generales (cfr. Instrucción de 9 de Enero de 1995, norma 5.ª e Instrucción de 31 de enero de 2006, norma VII), siendo, pues, trámite imprescindible la audiencia personal, reservada y por separado de cada contrayente, que debe efectuar el instructor, asistido del Secretario, para cerciorarse de la inexistencia del impedimento de ligamen o de cualquier otro obstáculo legal para la celebración (cfr. art. 246 R.R.C.).
La interesada, al tiempo de ser cursada la solicitud para la autorización del matrimonio pretendido, era menor de edad, motivo por el cual había aportado la autorización de sus padres para contraerlo y la decretada por el Tribunal de Primera Instancia de N. La Juez Encargada, sin llegar al trámite de audiencia, que el Ministerio Fiscal había interesado, denegó la autorización por advertir que la promotora era menor de edad y que no acreditaba la dispensa de este impedimento ni alegaba los motivos señalados en el artículo 260 RRC, es decir, hizo una aplicación de la norma española para determinar la capacidad para contraer matrimonio de la promotora.
La Dirección General revoca la decisión de la Juez. [Texto completo]


[J]

[DGRN] Matrimonio celebrado en la República Árabe Saharaui Democrática. No se puede inscribir.
Con fecha 3 de marzo de 2005, Don B. nacido en Sáhara Occidental el 1 de julio de 1944, de nacionalidad española, presentó en el Registro Civil de G. impreso de declaración de datos para la inscripción de su matrimonio celebrado en Sáhara Occidental en 1970, con Doña K. nacida en Sáhara Occidental el 10 de enero de 1955 y de nacionalidad saharaui. Aportaban como documentación: certificado de matrimonio local, certificado de nacimiento, volante de empadronamiento y DNI del interesado.
Recibida la documentación en el Registro Civil Central, la Juez Encargada del Registro Civil, mediante acuerdo de 13 de junio de 2006 deniega la inscripción de matrimonio solicitada, en base a que no se ha justificado la celebración en forma del matrimonio, ni el lugar preciso en que se celebró, ni ante que autoridad tuvo lugar, por lo que no se ha justificado suficientemente la celebración en forma del matrimonio para su inscripción en el Registro Civil Español.
La dirección General confirma la negativa a la inscripción porque esa República no existe al no estar establecidos los órganos del Registro Civil en virtud de disposiciones normativas integrantes de un ordenamiento jurídico estatal internacionalmente reconocido. Además de otros defectos en el documento presentado. [Texto completo]


[J]

[DGRN] Expediente de autorización para optar a la nacionalidad española. Conflicto de competencias.
Matrimonio entre un español y una cubana presentan documentación para promover para la autorización previa para formular opción a la nacionalidad española para su hija, nacida en Cuba. Existe un conflicto de competencias por no estar claro el lugar de residencia de la menor. [Texto completo]


[J]

[DGRN] Nacionalidad española. Denegada a persona natural de Guatemala. Residencia temporal no permanente.
Persona natural de Guatemala solicita la nacionalidad española al amparo del Convenio de doble nacionalidad suscrito el 28 de julio de 1961 entre Guatemala y España, pero no cumple con el requisito de residencia permanente previsto en el citado Convenio. [Texto completo]


[N]

Entran en vigor los nuevos requisitos para las adopciones de menores en China
Los nuevos requisitos exigidos desde hoy por China para la adopción internacional dan prioridad a las parejas heterosexuales casadas, sanas y con un alto nivel de estudios e ingresos y pueden afectar a futuras solicitudes de españoles, que en 2006 acogieron a 1.800 menores chinos. (elmundo.es) [2 - 5 - 2007] [Texto completo]


[N]

La ley de subcontratación expulsará a 10.000 constructoras del mercado
Se trata, en su mayoría, de compañías de pequeño y mediano tamaño con menos de diez trabajadores. Los expertos llaman a la calma, pues el resto de empresas absorberán “sin problemas” la mano de obra. (expansion.com) [26 - 4 - 2007] [Texto completo]


[N]

El Gobierno holandés legalizará a unos 26.000 inmigrantes que llevan más de seis años en el país
El Ejecutivo de Holanda, formado por una coalición entre democristianos (CDA), laboristas (PvdA) y calvinistas (CU), ha decidido conceder la amnistía a los inmigrantes sin papeles con los siguientes requisitos:
a) que lleven viviendo en Holanda desde hace más de seis años,
b) que no tengan antecedentes penales, y
c) que hayan "mentido" como máximo una vez sobre sus datos personales.
(lavozdegalicia.es) [28 - 4 - 2007] [Texto completo]


[N]

Los extranjeros censados superan ya a la población autóctona en 15 municipios de la Comunidad Valenciana
Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en quince municipios valencianos la población censada de origen extranjero supera a la española. Todas estas localidades están en la provincia de Alicante y se localizan, principalmente, en las comarcas de la Vega Baja y Marina Alta (elpais.com) [3 - 5 - 2007] [Texto completo]


[N]

La llegada de menores inmigrantes solos y 'sin papeles' a Euskadi crece más de un 23%
La presencia de menores extranjeros sin papeles ni familia está aumentando de una manera imparable en Euskadi. Los menores recalan en los servicios sociales que las tres diputaciones han habilitado para atender a este colectivo. Su presencia varía en función de diversos factores, como las posibilidades reales que tengan de cruzar la frontera, la normativa de extranjería, la situación de los diferentes servicios de acogida y las facilidades para obtener la documentación que permite su estancia legal en España en un tiempo que no les resulte excesivo (elpais.com) [30 - 4 - 2007] [Texto completo]


[N]

Piden 4 años para una mujer que estafó a 9 inmigrantes en Bilbao con una falsa promesa de trabajo Les solicitaba entre 1.200 y 1.500 euros a cambio de un contrato inexistente
La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco pide para una mujer de nacionalidad portuguesa cuatro años de cárcel por estafar presuntamente a nueve inmigrantes afincados en Bilbao con la falsa promesa de regularizar su situación de residencia, Está acusada de solicitar a estas personas entre 1.200 y 1.500 euros a cambio de un puesto de trabajo en una empresa de hostelería inexistente (elcorreodigital.com). [30 - 4 - 2007] [Texto completo]


[N]

Trabajadores inmigrantes reclaman en Roquetas su 'derecho a tener derechos'
En una manifestación en conmemoración de la festividad del 1 de mayo, unos doscientos inmigrantes reclamaron en Roquetas de Mar (Almería) su 'derecho a tener derechos para empezar a construir las herramientas sociales necesarias para cambiar una realidad marcada por la explotación' (terra.es) [1 - 5 - 2007] [Texto completo]


[N]

Andalucía. La asistencia sanitaria a inmigrantes se multiplica por cuatro en un año.
El número de inmigrantes que se benefician del Servicio Andaluz de Salud (SAS) de la provincia de Córdoba se ha multiplicado por cuatro en un año, siendo en la Atención Primaria donde más se ha notado este aumento de demanda, aunque es apreciable también en el resto de los niveles asistenciales (abc.es) [3 - 5 - 2007] [Texto completo]



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