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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 5 de julio de 2007
Año 4, Núm. 152
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
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[L]

[BOCG] Proyecto de Ley de Adopción internacional.
La Ley tiene por objeto una regulación normativa sistemática, coherente y actualizada que permite dar respuesta al fenómeno de la adopción internacional en España.
El articulado se divide en tres Títulos. Bajo la rúbrica «Disposiciones generales», el Título I establece el ámbito de aplicación y la intervención de las entidades públicas competentes en materia de protección de menores, con especial detenimiento en la especificación de las funciones que desarrollan las entidades colaboradoras en la adopción internacional. La segunda parte de la Ley se destina a regular las normas de Derecho internacional Privado relativas a la adopción internacional.
Concluye el articulado de la Ley con un Título III en el que se regula el régimen jurídico-privado de los casos internacionales de otras medidas de protección de menores. En dicho contexto, se proporcionan soluciones específicas que regulan los posibles efectos en España de la kafala, institución propia del Derecho de ciertos países cuyas legislaciones están inspiradas en principios islámicos.
Se completa la Ley con la modificación de determinados artículos del Código civil. En primer lugar, la que impone el contenido del Título II de la Ley en el artículo 9.5, que pasa a cumplir una mera función de remisión a Ley de adopción internacional. En segundo lugar, se modifica el artículo 20.1 b) para permitir optar por la nacionalidad española a los hijos de padre o madre españoles de origen suprimiendo el requisito de haber nacido en España. Asimismo, con el fin de se eliminar la histórica diferenciación de trato de los hijos, fundada, tan solo, en razones de género, se introduce un nuevo artículo 20 bis permitiendo optar a la nacionalidad española de origen, sin ninguna limitación de plazo, a los hijos de española que no hubieran podido adquirir esta nacionalidad por haber seguido la nacionalidad extranjera del padre, según lo dispuesto en el artículo 17 del Código Civil, vigente antes de la entrada en vigor de la Constitución. Se revisa también la redacción del artículo 22.2 f) con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior.
Por último, se ha aprovechado el evidente vínculo que une la adopción con la protección de los menores para abordar la reforma de los artículos 154 y 268 del Código. Se da respuesta de este modo a los requerimientos del Comité de Derechos del Niño, que ha mostrado su preocupación por la posibilidad de que la facultad de corrección moderada que hasta ahora se reconoce a padres y tutores pueda contravenir el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989. [BOCG 29 - 6 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Instrucción de 23 de mayo de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles y su consignación en el Registro Civil español.
El objeto de la presente Instrucción es clarificar las dudas existentes en esta materia del régimen legal de los apellidos de los ciudadanos extranjeros que adquieren la nacionalidad española, fijando los criterios y directrices a que habrá de ajustarse la práctica registral, en beneficio de la conveniente uniformidad y de la deseable seguridad jurídica en una materia tan sensible como lo es la debida identificación de los españoles. [BOE 4 - 7 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] LEY 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
El objetivo de la presente Ley es introducir las reformas que exige la adecuada y eficaz plasmación de todo lo anteriormente citado, lo cual, dado que el Régimen Especial Agrario se encuentra regulado por Ley, exige de una norma de la misma jerarquía.

Bajo esta perspectiva, la Ley incide sobre los siguientes aspectos básicos:

a) Ordena la integración de los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial Agrario en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, con efectos de 1 de enero de 2008, avanzando, así, en la línea marcada por la Recomendación VI del Pacto de Toledo.

b) Establece, dentro del mencionado régimen, un Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios que recoge los criterios básicos de la normativa de modernización de las explotaciones agrarias y que va dirigido a reforzar las garantías sociales de los pequeños agricultores y a colaborar en la mejora de las perspectivas de viabilidad del sector.

Se incide, a este respecto, en el establecimiento de mecanismos específicos de cotización y en una visión globalizada de todos los componentes de la explotación familiar agraria, con especial incidencia en la incorporación de las mujeres y de los jóvenes, como base esencial para el desarrollo futuro del campo.

Destaca, en este sentido, el establecimiento de una reducción en la cotización de los cónyuges y descendientes de los titulares de las explotaciones agrarias que se incorporen a la actividad en dichas explotaciones.

c) Finalmente, y en tanto se produce la integración de los trabajadores agrarios por cuenta propia en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se procede a la modificación del campo de aplicación del Régimen Especial Agrario, en lo referente a los trabajadores por cuenta propia, de modo que el mismo se desenvuelva de forma inmediata en unos parámetros semejantes a los que constituirán en el futuro el sistema especial antes mencionado, impulsando, desde la perspectiva de la Seguridad Social, la modernización de las explotaciones agrarias y su adecuación a las exigencias actuales.

[BOE 5 - 7 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Información sobre la entrada en vigor del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia sobre la facilitación de la expedición de visados a los ciudadanos de la Unión Europea y la Federación de Rusia.
[DOCE 3 - 7 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Resolución de 18 de junio de 2007, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
[BOE 3 - 7 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Decisión no 779/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, por la que se establece, para el período 2007-2013, un programa específico para prevenir y combatir la violencia ejercida sobre los niños, los jóvenes y las mujeres y proteger a las víctimas y grupos de riesgo (programa Daphne III) integrado en el programa general «Derechos fundamentales y justicia».
[DOCE 3 - 7 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] CORRECCIÓN de errata de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
[BOE 3 - 7 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Reglamento (CE) no 760/2007 de la Comisión, de 29 de junio de 2007, por el que se modifica por octogésima vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo.
[DOCE 2 - 7 - 2007] [Texto completo]


[J]

[TSJCat-L][Contencioso-Advo] Residencia permanente denegada a una mujer supuestamente nacida en el Sahara pero con pasaporte Argelino.
Persona que supuestamente ha nacido en el Sahara en 1976, siendo su madre de nacionalidad española, solicita la residencia permanente en España.

Los tribunales en primera instancia deniegan la petición de la interesada porque no queda acreditado suficientemente que la interesada haya nacido en el Sahara, ya que únicamente aporta certificación de la llamada Delegación Saharaui para España, que expresa que nació en Villa Cisnero, el día 13 de noviembre de 1976; pero frente a esta mera certificación de este organismo, también aporta el pasaporte de la República Democrática y Popular de Argelia, en la que se especifica que nació en Oran el día 13 de noviembre de 1976.

Además, en la fecha de nacimiento de la interesada, España no tenía ningún territorio en Villa Cisnero, por cuanto que en noviembre de 1975 el Estado español firmo el acuerdo tripartito de Madrid con Marruecos y Mauritania, cediendo el territorio del Sahara Occidental a estos países en febrero de 1976. Así, en el momento del nacimiento de la interesada, ese territorio ya no era español, por lo que difícilmente podría ser española de origen.

El TSJ falla desestimando el recurso de apelación interpuesto por la interesada.
[Texto completo]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Denegación concesión nacionalidad española a persona detenida en tres ocasiones por posesión de drogas, aunque no fue condenada por ello.
Solicitante de la nacionalidad española que fue detenido años antes en tres ocasiones por tenencia de drogas, lo que dio lugar a procedimientos penales que terminaron uno por sentencia absolutoria y otros dos libremente sobreseidos. Son, entonces, hechos antiguos que no dieron lugar a condena penal alguna.

El solicitante, en la actualidad, es residente en España, casado y con trabajo estable.

El Supremo deniega la concesión de la nacionalidad al interesado por su falta de "buena conducta cívica", ya que la tenencia de sustancias estupefacientes, de forma reiterada en el tiempo, aun cuando no haya terminado con pronunciamiento condenatorio, es claramente expresiva de una ausencia de buena conducta cívica y de una falta de adaptación a las reglas sociales y de normal convivencia.
[Texto completo]


[J]

[AP] Internamiento cautelar de inmigrante en situación irregular en territorio nacional.
El Juzgado de Instrucción nº 9 de Arona dicta auto mediante el que se acuerda autorizar el internamiento cautelar por el período máximo de cuarenta días de un inmimgrante en situación irregular en territorio nacional.

Contra este auto, se interpone recurso de Reforma y subsidiario de Apelación, desestimándose la reforma interpuesta.

En cuanto al recurso de apelación interpuesto, la Sala de la Audiencia Provincial comparte los argumentos de la Juez de Instancia, ya que no ha existido indefensión, al estar el inmigrante durante el trámite de audiencia debidamente asistido de Letrado, siendo informado de sus derechos, realizando su declaración con todas las garantías legales, incluida la asistencia de intérprete.

Además, respecto a la resolución impugnada, las causas que motivaron el internamiento del inmigrante (intento de entrada ilegal en nuestro país y falta de arraigo) es una medida razonable y proporcionada, según lo dispuesto en el artícculo 153.2-c ) del Reglamento de Extranjería, que prevé el ingreso en un centro de internamiento de cualquier persona cuando se hubiese acordado su devolución de conformidad con lo establecido en el mismo. [Texto completo]


[N]

Los subsaharianos que entren en España podrían pasar por una prueba de ADN para demostrar su identidad.
Esta medida se podría aplicar al consulado de Dakar. Tramita las solicitudes de inmigrantes procedentes de seis países africanos. Se agilizará la denegación de los pasaportes de dudosa legalidad. (20minutos.es) [29 - 6 - 2007] [Texto completo]


[N]

ACUERDO por el que se aprueban las Instrucciones por las que se determina el procedimiento para tramitar las solicitudes de autorización de residencia y trabajo de extranjeros no comunitarios enrolados en buques españoles inscritos en el Registro especial de buques y empresas navieras.
El Consejo de Ministros ha aprobado las instrucciones para tramitar las solicitudes de autorización de residencia y trabajo de extranjeros no comunitarios enrolados en buques españoles inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras (REBECA). [2 - 7 - 2007] [Texto completo]


[N]

Gobierno y oposición, incapaces de llegar a un pacto de Estado en inmigración.
A sólo unos meses de acabar la legislatura, ni PSOE ni PP han cumplido el que era objetivo máximo en inmigración: un pacto de Estado. Ha ocurrido lo contrario y se ha convertido en elemento permanente de confrontación: primero a cuenta de la regularización extraordinaria (575.000 inmigrantes legalizados) y después de las sucesivas oleadas de «sin papeles», sobre todo por mar. En medio el crecimiento del padrón municipal, disparado en unos años, no ha hecho sino contribuir al debate (abc.es) [1 - 7 - 2007] [Texto completo]


[N]

Consejo de Ministros. Subvenciones a entidades encargadas de la atención de menores extranjeros no acompañados para su traslado desde Canarias a la península.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la concesión directa de subvenciones a las entidades encargadas de atender a los menores extranjeros no acompañados, en el marco del Programa Especial para su traslado desde Canarias a la península. [29 - 6 - 2007] [Texto completo]


[N]

El director general de Emigración justifica el retraso de la nueva normativa de nacionalidad por la falta de medios de la Administración.
Integrantes de la agrupación Hijos y Nietos de Españoles de Argentina mantuvieron un encuentro con el director general de Emigración del Gobierno de España, Agustín Torres, durante el cual le expresaron su preocupación por el retraso previsto para la entrada en vigor de la nueva legislación en materia de nacionalidad y la inclusión en la misma de un plazo de dos años para solicitarla.

Durante el citado encuentro, los asistentes le manifestaron a Torres su satisfacción por la modificación de los artículos 20.1b y 20 bis del Código Civil en materia de nacionalidad, aunque le aclararon que les preocupa que la implementación de la reforma “entraría a regir doce meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado” y que en la misma se fijaría que la opción para adquirir la nacionalidad española caducaría en el plazo de dos años desde su entrada en vigor. Ante estas dudas, el director general de Emigración les explicó que durante el debate de la modificación de la Ley de Nacionalidad en el Consejo de Ministros, surgió la preocupación de que ante las miles de solicitudes que se podrían llegar a presentar por parte de descendientes deseosos de obtener la nacionalidad, la Administración española no tuviera la capacidad de preparar en un espacio breve de tiempo los medios necesarios que requerirá la futura modificación (españaexterior.com).
[3 - 7 - 2007] [Texto completo]


[N]

25.000 inmigrantes han sido repatriados en lo que va de año 2007.
Según los datos facilitados por la secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí, el Gobierno ha repatriado en lo que va de año a más de 25.000 inmigrantes que habían entrado en España de manera ilegal en aplicación de la nueva política en este ámbito, que tiene como uno de sus ejes la lucha contra la inmigración clandestina.

Consuelo Rumí ha expresado su convencimiento de que la lucha contra la inmigración clandestina debe encararse "sin complejos", al considerar la llegada irregular de inmigrantes como "una gran lacra que tiene a los propios inmigrantes como primeras víctimas" (20minutos.es).
[3 - 7 - 2007] [Texto completo]


[N]

CCOO denuncia que la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo preserva los intereses de las asociaciones empresariales.
CCOO señala su preocupación por la regulación del trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE), una nueva figura fronteriza entre el trabajo asalariado y el autónomo, con menos derechos que aquel frente al dador de trabajo, que puede utilizarse para presionar a la baja sobre las condiciones laborales en el mercado de trabajo. La regulación que se vota en el Parlamento no conjura el posible trasvase no voluntario desde el trabajo asalariado, riesgo que también señaló el Dictamen del Consejo Económico y Social. (ccoo.es) [29 - 6 - 2007] [Texto completo]


[N]

ACUERDO por el que se establece la normativa reguladora de los préstamos previstos en el programa elaborado por la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior "Permiso de conducir por menos de 1 euro al día".
El Consejo de Ministros ha aprobado la normativa reguladora de los préstamos previstos en el programa de la Dirección General de Tráfico “Permiso de Conducir por 1 euro al día”. Esta nueva política pública, cuyo lanzamiento está previsto en noviembre de 2007, está dirigida a los jóvenes españoles y extranjeros residentes en España de entre 17 y 25 años que no sean titulares de un permiso de conducir clase B. [2 - 7 - 2007] [Texto completo]


[N]

Protocolo para mejorar la asistencia jurídica a las víctimas de Violencia de Género. A iniciativa del Ministerio de Justicia se presenta ante el Comité Técnico de la Policía Judicial.
• En su elaboración han participado el Ministerio del Interior, la Fiscalía General del Estado, el Consejo General del Poder Judicial, y el Consejo General de la Abogacía Española

• El Protocolo busca una prestación inmediata y especializada de la asistencia jurídica a las víctimas de la Violencia de Género

• Facilita la coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Colegios de Abogados, de manera que se mejore la asistencia e información a las víctimas

• Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado informarán a las víctimas sobre todos sus derechos, incluyendo una diligencia policial específica para la denuncia por Violencia de Género

[4 - 7 - 2007] [Texto completo]


[N]

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Informe 2007 sobre "Inmigración y mercado de trabajo".
En la presentación del Informe 2007 sobre Inmigración y Mercado de trabajo, la secretaria de estado de Inmigración, Consuelo Rumí, indica que, según el citado estudio, se demuestra que el impacto de la inmigración sobre el mercado laboral nacional es "positivo", ya que las oportunidades de empleo para los españoles "no se han visto mermadas por la llegada de inmigrantes, más bien al contrario".

El autor de este estudio, Miguel Pajares, opina que "los inmigrantes han desplazado a los españoles hacia mejores categorías laborales". Así, la llegada de mano de obra extranjera ha contribuido al crecimiento económico y a que aparezcan "nuevas ofertas laborales" para los españoles.

Según el estudio, los nuevos trabajadores inmigrantes encuentran empleo mayoritariamente en sectores con bajos salarios, como el servicio doméstico, la hostelería o la construcción. En estas áreas, muchos empleados autóctonos ascienden de categoría.

Además, el informe indica que "entre 2001 y 2006, el volumen de crecimiento de los ocupados nativos se concentra en dos niveles: técnicos, científicos e intelectuales y técnicos y profesionales de apoyo", En contrapartida, los inmigrantes se quedan en los escalafones más bajos de cada trabajo: el 40% de los que trabajan son peones (entendido también en sectores distintos al de la construcción, como agricultura o empleo doméstico). Esta categoría representa sólo el 13% de los trabajos en España. Aunque, según Pajares, "no hay ninguna razón para que el 40% de los inmigrantes empleados en la construcción sean peones, cuando sus niveles de educación son similares a los trabajadores españoles, pero es un caso que se está produciendo".

El estudio también ha intentado averiguar si la llegada de inmigrantes ha hecho bajar los salarios de los españoles. "No se puede afirmar que la inmigración esté suponiendo una presión a la baja", explica el informe, aunque su autor admite que "en casos particulares, como en el de empleo doméstico, sí que está sucediendo".
[3 - 7 - 2007] [Texto completo]



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