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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 6 de septiembre de 2007
Año 4, Núm. 157
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
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[BOE] Instrucción de 26 de julio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia.
La presente Instrucción tiene por finalidad mejorar y unificar la conformación del expediente de adquisición de la nacionalidad por residencia, agilizar su tramitación, facilitarlo a los ciudadanos y velar por los derechos de los menores cuando sean los interesados en el procedimiento. Pretende, asimismo, recordar la importancia que la inmediación del Encargado del Registro Civil tiene en el examen del grado de integración de extranjero en la sociedad española.
Para conseguir estos fines este Centro Directivo ha considerado oportuno, en uso de las facultades que tiene atribuidas (cfr. arts. 9 de la Ley del Registro Civil y 41 del Reglamento del Registro Civil) dictar ciertas reglas sobre documentación, estableciendo la innecesaria aportación por el interesado de ciertos documentos que obran en poder de la Administración, ordenación y foliación del expediente, control de la autenticidad de los documentos aportados, y especialidades en la instrucción de los expedientes en que intervengan menores o incapacitados, e, intervención del Ministerio Fiscal. [BOE 8 - 8 - 2007] [Texto completo]


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[BOE] Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
La plena efectividad de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, hace necesario definir con celeridad aquellos aspectos que requieren el desarrollo reglamentario. De hecho, la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (2007-2012), que fue respaldada por el Pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo de 28 de junio de 2007 y aprobada por el Consejo de Ministros un día después, incluye la aprobación del desarrollo reglamentario de la Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción como parte de su Objetivo 1, dirigido a «lograr un mejor y más eficaz cumplimiento de la normativa, en especial por las pequeñas y medianas empresas».
En correspondencia con las necesidades de desarrollo reglamentario mencionadas, el real decreto se estructura en cuatro capítulos. El primero de ellos recoge las disposiciones generales relativas al objeto y al ámbito de aplicación de la norma reglamentaria. El segundo capítulo regula el régimen de funcionamiento de los Registros de Empresas Acreditadas dependientes de las autoridades laborales autonómicas. Los Registros tienen como fin permitir el acceso público a los datos identificativos de las empresas inscritas, esencialmente a través del acceso público a sus datos y de la emisión de certificaciones relativas a las inscripciones practicadas. Las empresas contratistas y subcontratistas deberán inscribirse en el Registro, renovar la inscripción cada tres años y solicitar la cancelación de la inscripción cuando dejen de cumplir los requisitos previstos para la entrada y permanencia en el Registro, pudiendo la autoridad laboral proceder en otro caso a la cancelación de oficio de esa inscripción. Para llevar a cabo estas obligaciones se configuran unos procedimientos administrativos en los que prima la agilidad y la simplificación de los trámites, con el doble objetivo de favorecer la seguridad jurídica y facilitar el tráfico económico.

Se desarrollan en el capítulo III los aspectos relativos al cómputo de los trabajadores contratados con carácter indefinido por las empresas del sector, junto a unas previsiones mínimas respecto de la formación de los recursos humanos, necesarias para la práctica de las inscripciones en el Registro. En cuanto a las reglas de cómputo de la plantilla, se opta por una regla novedosa en nuestro ordenamiento, caracterizada por dos aspectos: la flexibilidad en el cómputo, al tomar un período de referencia de doce meses con objeto de evitar exigencias desproporcionadas que resultarían de aplicar las reglas de forma diaria o mensual; y la estricta proporcionalidad que se mantiene en la exigencia del porcentaje, al tomar como base los días trabajados por trabajadores temporales e indefinidos a lo largo de esos doce meses.

El capítulo IV desarrolla reglamentariamente el Libro de Subcontratación. Se determina su formato, su habilitación por la autoridad laboral y su régimen de funcionamiento, precisando aspectos tales como la práctica de las anotaciones, el acceso a la información por otros sujetos intervinientes en las obras de construcción o las autorizaciones excepcionales de la dirección facultativa, en los casos en que están previstas por superarse los niveles de subcontratación previstos en el artículo 5 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre.

El real decreto se completa con seis disposiciones adicionales, tres transitorias, una disposición derogatoria y cuatro finales. En ellas se realiza un ejercicio de simplificación del marco regulador de las obras de construcción, en desarrollo del artículo 8.3 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre. En primer lugar, se refunden los dos instrumentos configurados legalmente para el control y garantía de los derechos de los trabajadores en los casos de descentralización productiva: el Libro de Subcontratación y el libro registro de contratas y subcontratas previsto en el artículo 42.4 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. Junto a lo anterior, se reducen los supuestos en que deben remitirse a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social las anotaciones realizadas en el Libro de Incidencias, limitándolos a los casos de riesgo grave e inminente y a los de incumplimiento de advertencias previas del coordinador; y, finalmente, se elimina la necesidad de actualización del aviso previo, salvo en los casos de cambio de contratista o de coordinador de seguridad y salud, en la medida en que esa información quedará mejor precisada y actualizada en el Libro de Subcontratación de cada contratista.

Por lo demás, cabe destacar la importancia que en el real decreto cobra el régimen transitorio, que garantiza la plena efectividad de las nuevas obligaciones en un plazo razonable para que el sector y las propias autoridades laborales asuman las responsabilidades que conlleva este nuevo conjunto normativo.

Finalmente, se incluyen tres anexos, el primero de los cuales recoge el contenido mínimo de las solicitudes de inscripción, de renovación y de cancelación, así como de comunicación de variación de datos; el segundo recoge los códigos identificativos de las autoridades laborales; mientras que el tercero establece el modelo oficial de Libro de Subcontratación.

[BOE 25 - 8 - 2007] [Texto completo]


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[BOE] Resolución de 19 de julio de 2007, de la Secretaría General Técnica, relativa a la adhesión de la República de Corea al Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 229, de 25 de septiembre de 1978).
[BOE 2 - 8 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Orden TAS/2455/2007, de 7 de agosto, por la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo en el año 2007, de los Reales Decretos que desarrollan la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en las Ciudades de Ceuta y de Melilla.
[BOE 10 - 8 - 2007] [Texto completo]


[L]

[BOE] Resolución de 9 de julio de 2007, de la Secretaría General Técnica, relativa al Acuerdo sobre la interpretación del párrafo 2 del artículo 12, de la Convención sobre la reducción de los casos de pluralidad de nacionalidades y sobre las obligaciones militares en caso de pluralidad de nacionalidades (N.º 43 del Consejo de Europa), adoptado en Estrasburgo el 2 de abril de 2007.
[BOE 10 - 8 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Decisión del Consejo, de 23 de julio de 2007, relativa a la adhesión de Bulgaria y Rumanía al Convenio por el que se crea una Oficina Europea de Policía (Convenio Europol)
[DOCE 1 - 8 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Addendum a la Decisión 2007/543/CE del Consejo, de 23 de julio de 2007, relativa a la adhesión de Bulgaria y Rumanía al Convenio por el que se crea una Oficina Europea de Policía (Convenio Europol)
[DOCE 2 - 8 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Decisión de la Comisión, de 27 de agosto de 2007, por la que se aplica la Decisión no 574/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, por la que se establece el Fondo para las fronteras exteriores para el período 2007-2013 como parte del programa general de solidaridad y gestión de los flujos migratorios, en lo que respecta a la adopción de las directrices estratégicas para el período 2007-2013
[DOCE 5 - 9 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Reglamento (CE) no 969/2007 de la Comisión, de 17 de agosto de 2007, por el que se modifica por octogesimotercera vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo
[DOCE 18 - 8 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Reglamento (CE) no 996/2007 de la Comisión, de 28 de agosto de 2007, que modifica por octogesimocuarta vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo
[DOCE 29 - 8 - 2007] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Reglamento (CE) no 1025/2007 de la Comisión, de 3 de septiembre de 2007, por el que se modifica por octogesimoquinta vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo
[DOCE 4 - 9 - 2007] [Texto completo]


[J]

[DGRN] Expediente sobre recuperación de la nacionalidad española.
Se pretende que se declare con valor de simple presunción que la solicitante tiene la nacionalidad española de origen ya que ha nacido en España y es hija de padre nacido en Marruecos. El Encargado del Registro dicta auto denegando la petición, ya que el hecho del nacimiento en territorio español era causa de adquisición de la nacionalidad española de origen conforme al artículo 17.1.º Cc en su redacción originaria, pero siempre y cuando los padres optasen, a nombre de sus hijos, por la nacionalidad española, renunciando a toda otra y no consta que, en el presente caso, los padres hubiesen ejercitado la mencionada opción a favor de la hija. [Texto completo]


[J]

[DGRN] Expediente sobre cancelación de la inscripción de nacimiento.
Persona nacida en Argentina solicita en un Registro Civil del citado país la recuperación de la nacionalidad española adquirida, según manifiesta, por consecuencia de haber contraído matrimonio con un español.

El artículo 21 del Código civil, en la redacción dada por la Ley de 15 de julio de 1954, disponía que la extranjera que contrajera matrimonio con un español adquiría la nacionalidad de su marido.

Posteriormente, el Encargado de dicho Registro acuerda de oficio instruir expediente para cancelar la inscripción de nacimiento de la interesada por haber sido inscrito su nacimiento en el citado Registro Civil en virtud de un título manifiestamente ilegal, circunstancia que se había advertido en una revisión casual en la que se detectaron ciertas disparidades entre su partida de nacimiento y las normas del Código civil reguladoras de la nacionalidad.

La interesada presenta recurso alegando que no fue en ningún momento notificada de la incoación de este expediente de cancelación, pero obran en el expediente los justificantes de las notificaciones dirigidas al domicilio de la interesada que ésta había hecho constar en el Registro y la practicada por edicto en la sede de dicho Registro.

Posteriormente, el Encargado dicta auto acordando la cancelación de la inscripción de nacimiento de la interesada «por haberse practicado basándose en título manifiestamente ilegal».

Existe un problema de \"necesidad de motivación jurídica suficiente\" al no aclararse la notificación a la interesada, por lo que la DGRN acuerda retrotraer las actuaciones para que previa notificación a la interesada de la incoación del expediente de cancelación de su inscripción de su nacimiento y vistas sus alegaciones, si las presentare, se dicte auto razonado en el sentido que proceda.
[Texto completo]


[J]

[DGRN] Inscripción de matrimonio celebrado en el Consulado de Marruecos.

La interesada, de nacionalidad española, adquirida en fecha posterior a la de la celebración de su matrimonio, presenta escrito en el Registro Civil Central solicitando la inscripción en el el Registro Civil Español de su matrimonio celebrado en el Consulado del Reino de Marruecos con persona de nacionalidad marroquí. El matrimonio se ha celebrado conforme al rito islámico y no ha intervenido en su celebración ningún dirigente religioso islámico perteneciente a una comunidad islámica inscrita que forme parte de la Comisión Islámica de España o de alguna de las Federaciones Islámicas inscritas integradas en esta Comisión.

En este caso, al ser ambos contrayentes extranjeros, se aplica el artículo 50 del Código Civil, en cuanto autoriza a los extranjeros a acogerse a las formas matrimoniales previstas por la ley personal de cualquiera de ellos, Asi, se concede una opción a los extranjeros para celebrar el matrimonio en España «con arreglo a la forma prescrita para los españoles o cumpliendo la establecida por la ley personal de cualquiera de ellos».

Al comprobarse que el matrimonio contraído lo ha sido conforme a la forma religiosa prescrita por la legislación marroquí, la DGRN acuerda estimar el recurso y revocar el auto apelado.
[Texto completo]


[N]

Un abogado denuncia a Salvamento Marítimo por homicidio imprudente tras la muerte de 88 inmigrantes
Un abogado tinerfeño del turno de oficio presentó el 24 de agosto ante la Audiencia Nacional una querella contra Salvamento Marítimo y los capitanes y tripulaciones de los remolcadores Luz de Mar y Conde de Gondomar, a los que acusa de un delito de homicidio imprudente por el hundimiento de un cayuco durante un intento de rescate que provocó 88 muertos el pasado julio. La querella aún no ha sido admitida a trámite y está en reparto, pendiente de ser asignada a alguno de los seis juzgados centrales de instrucción. (rebelion.org) [4 - 9 - 2007] [Texto completo]


[N]

El fenómeno de la inmigración y si integración en el mercado español.
La reducción en la llegada de cayucos y pateras a las costas españolas durante el mes de agosto, además de los datos de empleo legal de trabajadores extranjeros en nuestro país, constituyen un inmejorable punto de partida para abordar el fenómeno de la inmigración como una política de Estado,: no basta con afirmar que los inmigrantes huyen de la pobreza y la falta de expectativas en sus países de origen; es preciso, además, conocer los mecanismos que han permitido absorber en los países de destino una masiva mano de obra que, en pocos años, ha accedido al mercado laboral tanto por vías legales como ilegales (elpais.com) [2 - 9 - 2007] [Texto completo]


[N]

La policía podrá poner camisas de fuerza y cascos a los inmigrantes en las expulsiones.
Los sin papeles que sean expulsados en aviones podrán ser vestidos con camisas de fuerza y chichoneras para evitar que se autolesionen para impedir su repatriación. El Ministerio del Interior ha elaborado un protocolo de normas de seguridad para las repatriaciones, que regula qué pueden hacer o no los policías que custodian a los expulsados. El citado protocolo lleva meses elaborándose para unificar las dos directivas del Consejo de Europa y las normas españolas que hasta ahora se aplicaban (elpais.com). [3 - 9 - 2007] [Texto completo]


[N]

Tráfico ha canjeado sin examen 850.000 permisos a extranjeros desde el 2002.
En los últimos cinco años, más de 850.000 extranjeros han canjeado sus permisos de conducción por uno español sin tener que realizar ninguna clase de prueba, ni teórica ni práctica. Lo han podido hacer gracias a los convenios bilaterales establecidos entre España y numerosos países, incluidos todos los de la Unión Europea (lavanguardia.es) [4 - 9 - 2007] [Texto completo]


[N]

España y Ghana firman un nuevo acuerdo sobre emigración que incluye la repatriación
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, ha anunciado este miércoles la firma antes de fin de año de un acuerdo de nueva generación sobre inmigración entre Ghana y España, que incluye la repatriación, y ha dicho que ambos países apuestan por la contratación en origen y favorecer la formación ocupacional. Ghana será un país prioritario para la contratación de trabajadores que se necesiten en España y que se va a incrementar la cooperación (20minutos.es) [5 - 9 - 2007] [Texto completo]


[N]

España pacta ayudas económicas para que los inmigrantes ecuatorianos vuelvan a su país.
El Gobierno español y el ecuatoriano pactaron ayer un plan de \"retornos voluntarios financiados\" para que los inmigrantes vuelvan a su país y se reagrupen, allí, con su familia (elpais.es) [7 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

Otorgan a un inmigrante la residencia temporal por tener una hija española.
El magistrado mallorquín Francisco Pleite ha dictado una sentencia pionera en materia de extranjería y en la que otorga a un inmigrante sin papeles el permiso de residencia temporal en España, por ser padre de una bebé nacida en Mallorca. El juez basa su decisión en el derecho del indocumentado a criar a sus hijos y mantener a su familia y añade que privarle de la posibilidad de trabajar legalmente en las islas, sería una discriminación en relación a los españoles y a otros extranjeros de países comunitarios (diariodemallorca.es) [7 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

Informe: Claves para la contratación de trabajadores inmigrantes.
En el mercado laboral español existe una bolsa de hasta tres millones de trabajadores inmigrantes cuya contratación no siempre es sencilla. El empresario se topa con un montón de complicaciones burocráticas y muchos tipos de documentos de extranjería que no entiende.

Es obvio aconsejar que el trabajador inmigrante tenga todos los permisos en regla. Pero, los empresarios tienen multitud de dudas. Así, Jesús Vázquez, director del Departamento de Extranjería de la empresa de trabajo temporal Starpeople, ha elaborado una Guía práctica para la contratación de personal extranjero y recorre España aconsejando a los empresarios en esta materia. Recogemos sus advertencias (cincodias.com) .
[13 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

Cataluña. Solo 14 \'sin papeles\' han denunciado a sus empresarios para regularizarse.
Solo una decena de sin papeles residentes en Catalunya --de únicamente 14 solicitantes-- consiguieron el año pasado un permiso de residencia como contraprestación por denunciar a los empresarios que les tenían empleados sin contrato. La ley ofrece a los extranjeros sin documentos la concesión de un permiso de residencia temporal como moneda de cambio por colaborar con la inspección de Trabajo y la Seguridad Social. La medida está pensada para luchar con eficacia contra la economía sumergida que se nutre de extranjeros sin documentos (elperiodico.com) [19 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

Interior ha repatriado este año a más \'sin papeles\' de los que han llegado en pateras.
Entre el 1 de enero y el 15 de agosto arribaron a las costas españolas 8.000 inmigrantes irregulares. En ese período, el Ministerio del Interior repatrió a 8.500 sin papeles. Es decir: en lo que va de año, el Gobierno ha devuelto a sus países a medio millar de inmigrantes más de los que llegaron a las costas. Esas repatriaciones se efectuaron por vía aérea (elpais.com) [23 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

Madrid. Unos 212.000 inmigrantes que viven en la Comunidad de Madrid se beneficiarán de programas de acogida, integración e inserción laboral.
Unos 212.000 inmigrantes que viven en la Comunidad de Madrid se beneficiarán de una serie de programas de acogida, integración e inserción laboral, así como de servicios de mediación que el Ejecutivo regional desarrollará, gracias a la firma de tres convenios por parte de la Consejería de Inmigración y Cooperación, en Coslada, Fuenlabrada, Leganés, San Sebastián de los Reyes, La Cabrera y la Mancomunidad de Las Vegas, que aglutina seis localidades, entre ellas San Martín de la Vega (terra.es) [20 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

Rumanos, europeos sin efecto llamada.
Según ha comunicado asociaciones de inmigrantes de Rumanía y Bulgaria y un portavoz de la embajada rumana en Madrid, la adhesión de ambos paises a la Unión Europea (UE) el pasado 1 de enero no ha supuesto una llegada masiva de inmigrantes de las citadas nacionalidades a España en los últimos meses, en contra de lo que temían las autoridades españolas.

Aunque el número de tarjetas y permisos de residencia prácticamente se ha duplicado (sobre todo, de rumanos) en los primeros seis meses del año, casi la totalidad de las nuevas tarjetas corresponden a ciudadanos de estos dos países que ya se encontraban en España el año pasado y que, gracias a la adhesión, han normalizado su situación tras convertirse en ciudadanos de la UE. Como tales, ahora tan sólo deben comunicar su intención de permanecer en España como residentes para obtener la tarjeta que certifica su inscripción en el Registro Central de Extranjeros (lavanguardia.es).
[27 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

La UE denuncia la precariedad de la vivienda que se ofrece a los inmigrantes.
La Agencia Europea de los Derechos Fundamentales presentó su informe anual sobre Racismo y Xenofobia en la Unión Europea mediante el cual denuncian la precariedad de la vivienda de los inmigrantes y de su situación laboral en nuestro país (abc.es). [28 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

Las nacionalizaciones se han multiplicado por cinco en siete años.
Según los datos facilitados por el Ministerio de Justicia, la evolución del fenómeno migratorio ha crecido en paralelo a la solicitud de la nacionalidad y ha permitido que 250.000 inmigrantes llegados en los últimos siete años ya sean españoles. Si en el año 2000 fueron casi 12.000 los pasaportes concedidos a ciudadanos de otros países, en el 2006 el número de nacionalizaciones alcanzó el récord histórico de 62.335 (lavanguardia.es) [29 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

100.000 \'sin papeles\' buscan la regularización en Portugal.
La nueva ley de inmigración portuguesa entró en vigor el pasado 3 de agosto. Menos de dos semanas después, la avalancha de ciudadanos que reclamaban poner en regla sus papeles -se calcula que hay unos 100.000 en situación irregular- obligó a las autoridades a suspender el proceso de regularización. La línea verde abierta recibió 900.000 llamadas, y en las colas, según el Gobierno, había ya inmigrantes africanos y asiáticos llegados desde España e Italia (elpais.com). [31 - 8 - 2007] [Texto completo]


[N]

Trabajo admite miles de solicitudes fuera de plazo para salvar la vendimia manchega
Sólo cuatro días antes de la vendimia, cientos de agricultores de Castilla-La Mancha han empezado a entregar en las delegaciones del Ministerio de Trabajo solicitudes para contratar a la legión de rumanos y búlgaros que acampan en la región. Aunque son presentadas fuera de plazo y su tramitación no terminará hasta después de la cosecha, la Administración se ha visto forzada a admitirlas. \"Por lo menos, así tenemos la identidad de los trabajadores y, aunque tarde, podremos garantizarles el alta en la Seguridad Social\", explica el delegado del Gobierno, Máximo Díaz-Cano. (elpais.com) [6 - 9 - 2007] [Texto completo]


[N]

Los inmigrantes de Madrid preocupados por las colas en Extranjería y los largos trámites en los ayuntamientos.
Según ha informado el viceconsejero de Inmigración de la Comunidad de Madrid, Carlos Clemente, los inmigrantes que viven en la CAM están preocupados por las colas de ente 24 y 48 horas que sufren en la Comisaría General de Extranjería y Documentación, situada en la calle General Pardiñas, y por los largos trámites que tienen que hacer en los ayuntamientos (diariometro.es) [5 - 9 - 2007] [Texto completo]



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