paraextranjeros.com
[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 25 de mayo de 2009
Año 6, Núm. 241
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
Suscripción, aquí
email de contacto

El enlace [Textos completos] no está activo en la versión promocional de esta Revista

[L]

[DOCE] Orientación del Banco Central Europeo, de 7 de mayo de 2009, por la que se modifica la Orientación BCE/2007/2 sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real (TARGET2)
[DOCE 19 - 5 - 2009] [Texto completo]


[L]

[BOE] Orden PRE/1231/2009, de 18 de mayo, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 16 de abril de 2009, por el que se modifica el umbral de renta familiar que da acceso al abono social.
Se modifica el umbral de renta familiar para tener derecho al «Abono Social», establecido en el punto 4 del anexo del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha 25 de enero de 2007, que queda fijado en el 110 por ciento del IPREM. [BOE 20 - 5 - 2009] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Directiva 2009/13/CE del Consejo, de 16 de febrero de 2009, por la que se aplica el Acuerdo celebrado entre las Asociaciones de Armadores de la Comunidad Europea (ECSA) y la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) relativo al Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, y se modifica la Directiva 1999/63/CE
[DOCE 20 - 5 - 2009] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Protocolo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre la libre circulación de personas, relativo a la participación, como Partes contratantes, de la República de Bulgaria y de Rumanía como consecuencia de su adhesión a la Unión Europea
[DOCE 20 - 5 - 2009] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Reglamento (CE) no 396/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1081/2006 en lo que respecta al Fondo Social Europeo para ampliar los tipos de costes subvencionables por el FSE
[DOCE 21 - 5 - 2009] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Reglamento (CE) no 396/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1081/2006 en lo que respecta al Fondo Social Europeo para ampliar los tipos de costes subvencionables por el FSE
[DOCE 22 - 5 - 2009] [Texto completo]


[L]

[BOE] Orden JUS/1291/2009, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
Por Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, «Boletín Oficial del Estado» número 35, del 10 de febrero, se aprobaron los modelos a que han de ajustarse los documentos que los empresarios obligados a dar publicidad a sus cuentas deben presentar para su depósito en el Registro Mercantil correspondiente.
Habiendo observado determinadas omisiones producidas en los modelos publicados se hace necesario proceder a su modificación. [BOE 23 - 5 - 2009] [Texto completo]


[L]

[BOE] Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos.
En un entorno actualmente desfavorable para el sector del automóvil, con un retroceso de las matriculaciones del 45,6 por 100 en abril y del 43,7 por 100 en el primer cuatrimestre del año, resulta necesario implementar un nuevo marco de ayudas directas para la adquisición de vehículos, denominado Plan 2000 E.
El nuevo Plan reafirma el compromiso del Gobierno con las políticas de fomento de la demanda ante la próxima finalización del Plan VIVE, cuya dotación presupuestaria para 2009 se agotará a primeros de junio próximo, y supone un importante elemento de dinamización económica en el marco de las medidas de estímulo a la economía y el empleo que se están desarrollando.
La especificidad de la actividad objeto de apoyo –la adquisición de vehículos– y las razones existentes de interés social y económico no permiten promover la concurrencia pública, por lo que las ayudas han de instrumentarse por el sistema de concesión directa.
El Plan 2000 E tiene por objetivo incentivar, junto con el esfuerzo comercial de los fabricantes o importadores, la adquisición de vehículos, mantener el empleo en el sector de la automoción y estimular la sustitución de vehículos antiguos por otros menos contaminantes, así como contribuir a aunar los criterios de apoyo al sector entre las diferentes comunidades autónomas, el Gobierno de España y el propio sector de fabricantes y concesionarios de automóviles.
Medidas similares a las contenidas en el Plan están siendo aplicadas por otros países del entorno europeo y se están revelando suficientemente efectivas para dinamizar el mercado estando vinculadas en casi todos los países a la renovación del parque de vehículos, con la exigencia del achatarramiento de un vehículo con un cierto número de años, y la consiguiente sustitución por otros más seguros, con bajas emisiones de CO2 y más eficientes.
Existen peculiares razones de interés público, social y económico, derivadas de la difícil situación del sector del automóvil y el descenso de la demanda antes mencionadas, que justifican que resulte de aplicación para estas ayudas lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a ayudas en régimen de concesión directa, siendo preciso un real decreto que, de conformidad con el artículo 28.2 de la referida ley, apruebe las normas especiales de subvención, a propuesta del Ministro competente y previo informe del Ministerio de Economía y Hacienda. Estas ayudas se establecen como un derecho del peticionario que reúna las condiciones para su concesión, por lo que, por el mero hecho de reunir los requisitos subjetivos, adquiere el derecho a la subvención con los límites cuantitativos y temporales que establece la norma.
Por tanto este real decreto tiene como finalidad establecer las normas especiales reguladoras para la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos nuevos y usados de hasta cinco años de antigüedad de la categoría M1y N1, que reúnan determinadas características, y siempre que la adquisición vaya acompañada de la baja definitiva, con acreditación de achatarramiento, de un vehículo que reúna también determinados requisitos.
La financiación del Plan se realizará con cargo a una partida presupuestaria específica en el Capítulo 7 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para los ejercicios 2009 y 2010 y podrá contar con otras aportaciones de las comunidades autónomas y del sector de fabricantes de automóviles.
Las ayudas de este Plan serán incompatibles con las ayudas en vigor del Plan VIVE. [BOE 23 - 5 - 2009] [Texto completo]


[L]

[BOE] Resolución de 19 de mayo de 2009, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de mayo de 2009, por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados concedidos en el marco de los Programas 1994 (Plan de Vivienda 1992-1995), Programa 1997 (Plan de Vivienda 1996-1999), Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008, así como se modifican algunas de las características generales de los préstamos convenidos del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.
[BOE 23 - 5 - 2009] [Texto completo]


[J]

[TJUE] La titularidad y explotación de las farmacias puede reservarse exclusivamente a los farmacéuticos. Las normativas italiana y alemana que establecen dicha reserva están justificadas por el objetivo de asegurar un abastecimiento de medicamentos a la población seguro y de calidad

Hoy, el Tribunal de Justicia ha resuelto dos series de asuntos relativos al régimen de propiedad de las farmacias.

Dichos asuntos se refieren principalmente al problema de si el Derecho comunitario se opone a las disposiciones de las normativas italiana y alemana que establecen que sólo los farmacéuticos pueden ser titulares de una farmacia y explotarla.

Los asuntos acumulados C-171/07 y C-172/07 (Apothekerkammer des Saarlandes y otros) tienen su origen en la autorización que concedió el ministerio competente del Land del Sarre a la sociedad anónima neerlandesa DocMorris de explotar a partir del 1 de julio de 2006 una farmacia en Sarrebruck como sucursal. La decisión del ministerio fue impugnada ante el Tribunal Administrativo del Land del Sarre por varios farmacéuticos y sus asociaciones profesionales por no ser conforme con la legislación alemana que reserva exclusivamente a los farmacéuticos el derecho a ser titulares de una farmacia y explotarla.

El Tribunal Administrativo se ha dirigido al Tribunal de Justicia para que se determine si las disposiciones del Tratado relativas a la libertad de establecimiento deben interpretarse en el sentido de que se oponen a tal legislación.

Por otro lado, en el asunto C-531/06 (Comisión/Italia), la Comisión solicita, en particular, al Tribunal de Justicia que declare que Italia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Derecho comunitario al reservar la titularidad y la explotación de farmacias privadas exclusivamente a los farmacéuticos.

En sus sentencias dictadas hoy, el Tribunal de Justicia señala que la exclusión de quienes no sean farmacéuticos de la posibilidad de explotar una farmacia o adquirir participaciones en sociedades de explotación de farmacias constituye una restricción a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales.

Sin embargo, dicha restricción puede justificarse por el objetivo de garantizar un abastecimiento de medicamentos a la población seguro y de calidad.

Cuando subsisten dudas sobre la existencia o el alcance de riesgos para la salud de las personas, el Estado miembro puede adoptar medidas de protección sin tener que esperar a que se demuestre plenamente la realidad de tales riesgos. Asimismo, el Estado miembro puede adoptar medidas que reduzcan, en la medida de lo posible, un riesgo para la salud pública, incluidos, en concreto, los riesgos para el abastecimiento de medicamentos a la población seguro y de calidad.

En este contexto, el Tribunal de Justicia destaca el peculiar carácter de los medicamentos, cuyos efectos terapéuticos los distinguen sustancialmente de otras mercancías.

Como consecuencia de dichos efectos terapéuticos, si los medicamentos se consumen innecesaria o incorrectamente pueden perjudicar gravemente la salud, sin que el paciente pueda advertirlo durante su administración.

Por otro lado, un consumo excesivo o una utilización incorrecta del medicamento supone un derroche de recursos financieros, que resulta tanto más perjudicial cuanto que el sector farmacéutico genera costes considerables y debe responder a necesidades crecientes, mientras que los recursos financieros que pueden destinarse a la asistencia sanitaria no son ilimitados, cualquiera que sea el modo de financiación.

Habida cuenta de la facultad reconocida a los Estados miembros para decidir el nivel de protección de la salud pública, éstos pueden exigir que los medicamentos sean distribuidos por farmacéuticos que tengan una independencia profesional real.

Es innegable que el objetivo de los farmacéuticos, al igual que el de otras personas, es la obtención de beneficios. No obstante, en el caso de los farmacéuticos de profesión se supone que no explotan la farmacia con un mero ánimo de lucro, sino que también atienden a un criterio profesional. Por lo tanto, su interés privado en la obtención de beneficios está mitigado por su formación, su experiencia profesional y la responsabilidad que les corresponde, ya que una eventual infracción de las normas legales o deontológicas no sólo pondría en peligro el valor de su inversión, sino también su propia existencia profesional.

A diferencia de los farmacéuticos, las personas que no tienen dicha condición carecen, por definición, de una formación, experiencia y responsabilidad equivalentes a las de los farmacéuticos. Dadas las circunstancias, procede señalar que no ofrecen las mismas garantías que los farmacéuticos.

Por consiguiente, un Estado miembro puede considerar, en el marco de su margen de apreciación, que la explotación de una farmacia por una persona que no sea farmacéutico puede suponer un riesgo para la salud pública, concretamente para la seguridad y la calidad de la distribución de medicamentos al por menor.

Tampoco ha quedado acreditado que una medida menos restrictiva distinta del principio de exclusión de los no farmacéuticos permita asegurar, con la misma eficacia, el nivel de seguridad y calidad en el abastecimiento de medicamentos a la población que resulta de la aplicación de dicha exclusión.

A la vista de su margen de apreciación, un Estado miembro puede considerar que existe el riesgo de que se infrinjan en la práctica normas menos estrictas, tales como un sistema de controles y sanciones, dirigidas a garantizar la independencia profesional de los farmacéuticos puesto que el ánimo de lucro de una persona que no sea farmacéutico no está mitigado de un modo equivalente al de los farmacéuticos autónomos y la subordinación del farmacéutico, como trabajador por cuenta ajena, al titular de la farmacia podría dificultar que aquél se oponga a las instrucciones de dicho titular.

El Tribunal de Justicia concluye que la libertad de establecimiento y la libre circulación de capitales no se oponen a una normativa nacional que impide a quienes no tengan la condición de farmacéutico ser titulares de farmacias y explotarlas.

Señalando que no sólo es justificable la exclusión de quienes no sean farmacéuticos de la explotación de una farmacia privada, sino también la prohibición de que las empresas de distribución de productos farmacéuticos adquieran participaciones en las farmacias municipales, el Tribunal de Justicia desestima igualmente el recurso por incumplimiento interpuesto por la Comisión contra Italia.

[Texto completo]


[J]

[SG IRPF] IRPF. Repercusión a los trabajadores de retenciones no practicadas y reclamadas al retenedor.
Al consultante la Agencia Tributaria le ha reclamado unas cantidades por retenciones sobre rendimientos del trabajo incorrectamente practicadas a sus trabajadores.
Pregunta sobre la posibilidad de repercutir a los trabajadores las retenciones reclamadas por la Agencia Tributaria. [Texto completo]


[J]

[TS][Civil] Accidente trafico. La empresa propietaria del vehículo conducido por un trabajador no es responsable si el uso es particular.
En un accidente de trafico con fallecidos se ve implicado un vehículo propiedad de Telefonica conducido por uno de sus empleados usandolo privadamente.
El prejudicado dirigió su acción de reclamación contra el conductor y contra la empresa propietaria del vehículo en que viajaban las fallecidas así como contra el conductor propietario del vehículo contra el que colisionó el primero, al amparo del artículo 1902 CC. La sentencia de 1ª Instancia estimó parcialmente la demanda condenando únicamente al conductor del automóvil en el que iban las fallecidas a satisfacer al actor las cantidades de 72.121,45 Euros y 54.091,9 Euros. Se absuelve al conductor del otro vehículo al considerar que no constaba acreditada ningún tipo de acción imprudente por su parte, y se absuelve también a la Telefónica de España, propietaria del vehículo causante del accidente, al considerar acreditado que su conductor le estaba utilizando no para el desempeño de sus tareas como empleado de dicha mercantil sino para una actividad privada, de traslado de familiares y fuera de sus horas de servicio.
Recurrida en apelación, la sentencia de la Audiencia estimó parcialmente el recurso y condenó a Telefónica de España con el argumento de que el principio de responsabilidad de esta entidad propietaria del vehículo se extiende a las circunstancias de funcionamiento y utilización por sus empleados, señalando que si bien la empresa no admite el uso privado de dichos vehículos, lo cierto es que no se articuló por la misma ningún mecanismo o sistema de control para impedirlo.
El Supremo estima el recurso de la empresa [Texto completo]


[J]

[TS][Social] RETA. Subsidio por maternidad. Situación asimilada al alta de la trabajadora que solicita el subsidio en los 90 siguientes a su baja.
La cuestión planteada en el presente litigio consiste en determinar si puede causar las prestaciones por maternidad, al reunir el requisito de encontrarse en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social, la trabajadora autónoma que inicia una situación de incapacidad temporal subsidiada, durante la que se da de baja en el R.E.T.A. y, antes de transcurrir noventa días de esa baja, es alta en la situación de incapacidad temporal para, sin solución de continuidad, ser baja por maternidad. [Texto completo]


[N]

Hacienda bajará del 16% al 7% el IVA del alquiler con opción a compra
La presión del sector inmobiliario ha surtido efecto y Hacienda aceptará rebajar del 16% al 7% el IVA que pagan los inquilinos en contratos de arrendamiento con opción a compra. Los promotores han puesto muchas esperanzas en esta fórmula para dar salida al enorme stock de viviendas que no encuentran comprador. (cincodias.com) [19 - 5 - 2009] [Texto completo]


[N]

Congreso sobre Prevención de Blanqueo de Capitales

El Colegio de Abogados de Málaga y el Consejo General de la Abogacía Española han presentado las ideas fundamentales del simposio que el pasado mes de junio debatió el papel de los letrados en el tratamiento del blanqueo de capitales, un fenómeno que la Abogacía enfrenta apostando por la prevención y por el respeto del derecho fundamental a tener una defensa.

El Decano del Colegio de Abogados de Málaga, Manuel Camas, y el Secretario General del Consejo General de la Abogacía Española, Joaquín García-Romanillos, han sido los encargados de presentar esta obra junto al Presidente de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales del CGAE, Nielson Sánchez Stewart, y Miguel Abel Souto, Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Santiago de Compostela y uno de los expertos más destacados de nuestro país en esta materia.

La seriedad y el bagaje profesional de los componentes del I Congreso sobre la Prevención del Blanqueo de Capitales reflejan según el Decano “el compromiso de la Abogacía con la prevención del blanqueo de dinero”. La preocupación del Colegio malagueño y el CGAE al respecto subraya la necesidad de asegurar las condiciones de trabajo de los letrados ya que, tal y como mantiene Sánchez Stewart, “difundir las normas es importantísimo pero hay que hacerlas compatibles con otras relativas a la obligación del secreto profesional y a la confidencialidad en la relación cliente-abogado”.

A través del secreto profesional - recogido en la Constitución, en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el Estatuto General de la Abogacía Española y en el Código Penal-, se regula la prohibición de obligar al Abogado a declarar y su relación con el delito de coacciones, con las únicas excepciones del consentimiento del cliente y el estado de necesidad. La estricta observación de este aspecto es uno de los puntos fundamentales de los debates desarrollados en el simposio.

A las consideraciones sobre la importancia del respeto a la confidencialidad entre Abogado y cliente las conclusiones del Congreso añaden además otras particularidades de la defensa ante la acusación por blanqueo de dinero, entre las que destaca en primer lugar el gran número de imputados de este tipo de operaciones. En este punto se subraya por su especial relevancia un dato: la imputación en fase instructora incluye de entrada a asesores fiscales, notarios o abogados, por el hecho de haber mantenido relaciones profesionales con el acusado del delito.

[19 - 5 - 2009] [Texto completo]


[N]

Tráfico ya cobra las multas por Internet
La DGT lleva 20 días probando la pasarela de pago y ya ha recaudado 180.000 euros por 1.500 sanciones.- Dentro de dos meses también se podrá realizar la identificación del conductor a través de Internet (elpais.com) [20 - 5 - 2009] [Texto completo]


[N]

Aplican medidas antiterroristas a dos españoles por fotografiar el muro de Buckingham Palace
La policía consideró sospechoso tomar imágenes de la muralla que protege la residencia real (lavanguardia.es) [20 - 5 - 2009] [Texto completo]


[N]

La odisea para recuperar el IVA terminará en 2010
La UE simplifica los trámites para deducir los impuestos indirectos. (cincodias.com) [20 - 5 - 2009] [Texto completo]


[N]

Los abogados consideran que la Justicia funciona mal y es el momento de un Pacto de Estado para una profunda regeneración

El 88 por ciento de los abogados cree que nuestro actual modelo de Administración de Justicia está en una crisis muy grave y profunda y un 83 por ciento añade que no ha mejorado en los últimos años o que ha empeorado. Para solucionar esta situación, los letrados consideran de forma unánime que es el momento de un Pacto de Estado que sirva para regenerar y reformar a fondo  la Administración de Justicia.

Estos son algunos de los resultados más llamativos del último sondeo realizado por Metroscopia para el Consejo General de la Abogacía, la encuesta más ambiciosa jamás realizada en nuestro país a los integrantes de esta profesión por el número de población: 5.243 abogados ejercientes, y que este miércoles fue presentada en la sede del CGAE por su presidente, Carlos Carnicer, y el presidente de Metroscopia, José Juan Toharia.

Carnicer destacó durante la presentación que se “ha constatado definitivamente la grave crisis de nuestra Administración de Justicia, impropia del siglo XXI”, y que la Abogacía “no descarga la responsabilidad en los jueces, sino en la organización de la Justicia”, y consideró también relevante el dato de que una gran mayoría de los encuestados consideren que los Gobiernos, sean del signo que sean, se acercan a la Justicia “para manipularla, no para remediar sus males”. (cgaes.es)

[21 - 5 - 2009] [Texto completo]


[N]

NOVEDAD BIBLIOGRAFICA. Los paraísos fiscales. (2ª edición)
Nos ha llegado hoy la segunda edición de este éxito editorial, que llevaba agotado varios años

Desde hace años se habla mucho de los paraísos fiscales y centros offshore y sin embargo, sus características y forma de funcionamiento son poco conocidas en nuestro país:
En su primera parte contiene una descripción completa de las características de los centros financieros offshore y de los servicios que prestan.
- Se dedican capítulos específicos a los servicios bancarios, apertura y uso de cuentas, así como a la constitución de los distintos tipos de sociedades y trusts offshore, y su utilización.
- Se expone igualmente las contramedidas que los países más desarrollados y diferentes organismos internacionales aplican para limitar el uso de los paraísos fiscales, dirigidas tanto a combatir el blanqueo de dinero como la evasión de impuestos.
En la segunda parte se exponen las características más destacadas de las principales jurisdicciones de baja tributación.
- El libro contiene igualmente un apéndice legislativo en la tercera y última parte, con las principales disposiciones españolas y europeas relativas a las jurisdicciones de baja tributación

Más información  
[21 - 5 - 2009]


[N]

Gobierno y PP pactan la reforma legal que limitará la jurisdicción universal
La ley limitará la aplicación del principio de justicia universal a aquellos casos en los que haya víctimas españolas o se constate «algún vínculo de conexión relevante con España», quede «acreditado» que los presuntos responsables del delito están en nuestro país y los hechos no estén siendo investigados por otro Estado o por un tribunal internacional. Este es el contenido de la enmienda a la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) sobre la que Gobierno, PSOE y PP han cerrado un preacuerdo, que será refrendado la próxima semana, antes de su debate en la Comisión de Justicia. (abc.es) [22 - 5 - 2009] [Texto completo]


[N]

Reconocida la viudedad para una pareja de hecho
El Juzgado de lo Social nº 3 de Navarra ha otorgado la pensión de viudedad a una mujer que convivió durante veinticinco años con su pareja de hecho, con la que tuvo dos hijas, y que falleció en mayo de 2008. (lavanguardia.es) [25 - 5 - 2009] [Texto completo]



© 2002 - 2007 PYB ENTERPRISES S.L.
Este semanario es una publicación de paraextranjeros.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido de la presente revista. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraextranjeros.com es una web de PYB Enterprises, SL.
paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.


PYB Enterpiseses, SL. Centro de trabajo:
Av. Huerta Grande, 2 portal D bajo B, 28223 - POZUELO DE ALARCON (MADRID-España) TELEFONO + 34 902 198 832 – Fax + 34 901 020362.
Contactar:
pulse aquí.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos. Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

Memento Administrativo 2009
1450 páginas, edición anual, mayo 2009,
Ahora, descuento 10 % y envío gratis. Esta oferta termina el 25 de mayo.
Precio:105,98 € Oferta:95,38 € (iva incl.)24 H
[Pedir]   [Más info] [Indice]
Memento IRPF 2009
1460 páginas, 1ª edición, mayo 2009, La tranquilidad de tener las claves para no pagar de más.
Descuento - 10 % y sin gastos de envío. Oferta hasta el 25 de mayo
Precio:101,92 € Oferta:91,73 € (iva incl.)24 H
[Pedir]   [Más info] [Indice]


Los más vendidos la semana pasada
Guía para elaborar la memoria
500 páginas, 1ª edición, mayo 2009,
Con descuento y sin gastos de envío
Precio:72,80 € Oferta:69,16 € (iva incl.)24 H
[Pedir]   [Más info] [Indice]
Tratado de Familia
Dirigida por Antonio Javier Pérez Martín. Comentarios, jurisprudencia, casos prácticos, formularios y esquemas. Incluyen CDROM
Compre HOY en cuotas mensuales sin recargo
Precio:544,96 € Oferta:518,96 € (iva incl.)24 H
[Pedir]   [Más info]
El proceso penal práctico
2192 páginas, 6ª edición, abril 2009, Comentarios, Jurisprudencia y Formularios
Gran éxito editorial con la garantia de LA LEY. -- Entrega en mano, sin gastos de envío
Precio:172,00 € Oferta:163,39 € (iva incl.)24 H
[Pedir]   [Más info] [Indice]
Prontuario del Abogado 2009
668 páginas, 3ª edición, abril 2009, El libro que todos los abogados llevan en su mano
Precio:67,00 € Oferta:63,65 € (iva incl.)24 H
[Pedir]   [Más info] [Indice]
La responsabilidad de los administradores de empresas insolventes.
456 páginas, 6ª edición, marzo 2009, Referencias a los Juzgados de lo Mercantil y la influencia de la crisis económica en el incremento de los Concursos de Acreedores y en la responsabilidad de los administradores de las empresas concursadas.
NUEVA EDICION - Gran éxito editorial
Precio:78,00 € Oferta:74,10 € (iva incl.)24 H
[Pedir]   [Más info] [Indice]
Revista Jurídica Extranjería (hasta fin de año)
Incluye suscripción, La mejor forma de estar informado sobre los derechos y deberes de los extranjeros en España.
Precio:116,00 € Oferta:45,24 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info]
Curso Práctico sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
2ª edición,
Precio en rojo para pedidos hoy.
Precio:291,20 € Oferta:217,36 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info]
Curso practico sobre contratacion publica
1ª edición, marzo 2009,
NOVEDAD
Precio:499,20 € Oferta:362,96 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info] [Indice]
Curso práctico sobre nóminas y seguros sociales
3ª edición,
Descuento especial este mes
Precio:582,40 € Oferta:414,96 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info]
Curso practico en materia de despido
3ª edición, Curso a distancia. Completo material y suscripciones incluidas durante un año.
Ahora oferta excepcional
Precio:499,20 € Oferta:362,96 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info]
Base de datos de extranjeria
Incluye suscripción, TODO LO NECESARIO PARA ASESORAR EN EXTRANJERIA. Bases de datos interrelacionadas: legislación, jurisprudencia, formularios, modelos y esquemas procedimentales + Código de legislación en papel.
Promoción especial 100 € menos.
Precio:346,84 € Oferta:234,32 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info]
Tráfico
Incluye suscripción, Legislación, Formularios, Jurisprudencia, Esquemas de procedimiento y Cálculo de indemnizaciones.
Promoción válida ahora
Precio:306,24 € Oferta:174,00 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info]
Práctica Laboral y de Seguridad Social
Incluye suscripción,
más de 100 € de descuento
Precio:327,60 € Oferta:196,56 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info] [Indice]
Practica Fiscal. Formularios y casos prácticos.
Incluye suscripción,
Descuento especial para nuevas altas hoy
Precio:296,40 € Oferta:179,92 € (iva incl.)
[Pedir]   [Más info] [Indice]