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[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 10 de noviembre de 2009
Año 6, Núm. 261
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

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[BOE] Real Decreto 1586/2009, de 16 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, se han producido iniciativas de los ciudadanos en el sentido de solicitar la ampliación del plazo de validez de las certificaciones literales de nacimiento exigidas para la expedición de dicho documento, peticiones que han sido recogidas por algunas Instituciones y trasladadas al Ministerio del Interior a través de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
Por ello, teniendo en cuenta que la atención de estas demandas no representa efecto negativo alguno en el procedimiento general habilitado para la expedición del Documento Nacional de Identidad y que tampoco supone ninguna variación en los trámites a realizar por los ciudadanos para la expedición o renovación de dicho documento, y sí en cambio puede representar un beneficio para la ciudadanía en general, resulta aconsejable llevar a cabo la modificación normativa en el sentido apuntado.
Asimismo, teniendo en cuenta la Instrucción dictada por la Dirección General de los Registros y del Notariado en la que acordaba ordenar que en las certificaciones literales de nacimiento que expidan los señores Jueces y Cónsules Encargados de los Registros Civiles españoles quede reflejada la constancia de que su expedición tiene lugar al sólo efecto de la obtención del Documento Nacional de identidad, se considera apropiado incorporar dicha exigencia a través del presente real decreto.
Por otra parte, resulta necesario la homogeneización y unificación de criterios respecto a alguno de los requisitos exigidos para la expedición del DNI, como es el de la fotografía, que además de no entorpecer el procedimiento, supondría una mayor claridad, tanto para los ciudadanos como para los funcionarios encargados de la tramitación. [BOE 3 - 11 - 2009] [Texto completo]


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[BOE] Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo Igualdad en la Empresa.
El presente real decreto tiene por objeto desarrollar lo previsto en el artículo 50 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo al distintivo empresarial en materia de igualdad, regulando reglamentariamente su denominación, el procedimiento y las condiciones para su concesión, las facultades derivadas de su obtención, las condiciones de difusión institucional de las empresas que lo obtengan y de las políticas de igualdad aplicadas por ellas, así como los procedimientos de control sobre el mantenimiento de las condiciones y políticas que justifiquen su concesión, y los procedimientos de retirada del mismo en caso de incumplimiento de aquéllas por parte de las empresas. [BOE 3 - 11 - 2009] [Texto completo]


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[BOE] Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial.
La implantación de la nueva Oficina judicial y la correlativa distribución de competencias entre Jueces y Secretarios judiciales exige adaptar nuestra legislación procesal a las previsiones que ya contiene la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativas a las Oficinas judiciales y a los Secretarios judiciales, y a dicha reforma integral de nuestras leyes procesales se dirige la presente Ley. [BOE 4 - 11 - 2009] [Texto completo]


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[BOE] Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
La modernización de la Administración de Justicia que anima la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial ha introducido en el debate público una fructífera reflexión sobre la conveniencia de proyectarla también sobre otros ámbitos vinculados a la misma. Como consecuencia de ese diálogo reflexivo, generado dentro y fuera del Parlamento, se ha estimado pertinente introducir algunos cambios en la Ley Orgánica del Poder Judicial con el propósito de acompañar aquella implantación y atender, al tiempo, a ciertas mejoras técnicas que durante largo tiempo se vienen demandando. [BOE 4 - 11 - 2009] [Texto completo]


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[BOE] Resolución de 21 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se dictan instrucciones para la compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas.
Mediante la Orden TIN/971/2009, de 16 de abril, por la que se establece la compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas, se pretende poner fin a la falta de previsión normativa existente en el ordenamiento jurídico en materia de compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional, satisfechos por los trabajadores por razón de sus desplazamientos en medios de transporte ordinarios.
Para la puesta en práctica de manera efectiva de lo establecido en la citada orden se hace necesario dictar las oportunas instrucciones de ejecución y desarrollo, precisando y clarificando en especial los supuestos concretos en los que procede el abono de la compensación, muy en particular cuando se utiliza el taxi para el desplazamiento, así como el procedimiento para llevarlo a cabo.
Esta resolución tiene, pues, como objeto regular la compensación de los gastos de traslado en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas, en los procesos derivados de contingencias tanto comunes como profesionales. [BOE 4 - 11 - 2009] [Texto completo]


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[BOE] Convenio Marco de Cooperación entre el Reino de España y la República Democrática del Congo, hecho en Kinshasa el 28 de enero de 2008.
[BOE 9 - 11 - 2009] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Reglamento (CE) no 1061/2009 del Consejo, de 19 de octubre de 2009, por el que se establece un régimen común aplicable a las exportaciones
[DOCE 7 - 11 - 2009] [Texto completo]


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[DOCE] Decisión 2009/820/PESC del Consejo, de 23 de octubre de 2009, sobre la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo de Extradición entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América y del Acuerdo de Asistencia Judicial en materia penal entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América
[DOCE 7 - 11 - 2009] [Texto completo]


[L]

[DOCE] Recomendación de la Comisión, de 29 de octubre de 2009, relativa al uso de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones (CIUO-08)
[DOCE 10 - 11 - 2009] [Texto completo]


[L]

[BOCG] Proyecto de Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
Aprobación definitiva por el Congreso. [BOCG 10 - 11 - 2009] [Texto completo]


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[SG IPatrim] Impuesto sobre sucesiones. Participaciones sociales de padres no residentes a hijos residentes en España.
Grupo familiar, propietario de entidad mercantil son sede en España, integrado por dos residentes en Suiza e hijos residentes en España, asumiendo uno de estos las funciones de dirección de la entidad.
Confirmación del criterio interpretativo de la Dirección General de Tributos en cuanto a la aplicación del artículo 20.2.c) de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para el caso de transmisión "mortis causa" de las participaciones de los padres a los hijos residentes en España. [Texto completo]


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La Comisión Europea predice para España una vuelta moderada del crecimiento en 2011
Aunque "moderado", pero, en definitiva, vuelta al crecimiento. Eso es lo que pronostica la Comisión Europea (CE) para España en 2011, con una tasa media interanual de 1%. (elmundo.es) [3 - 11 - 2009] [Texto completo]


[N]

El Constitucional checo avala el Tratado de Lisboa
El Tribunal Constitucional de la República Checa ha rechazado hoy el recurso presentado por un grupo de 17 senadores euroescépticos contra el Tratado de Lisboa. Con esta decisión se elimina el último obstáculo legal que afrontaba el texto y sólo queda que el presidente checo, Václav Klaus, lo firme, aunque ya había anunciado que lo haría. (elpais.com) [3 - 11 - 2009] [Texto completo]


[N]

Abogados de Madrid denuncian que el TSJM expedienta a multitud de letrados de extranjería por ejercer la defensa
El vocal de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid y miembro de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, José Ignacio Rodríguez, denunció que la Sección Octava del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) está expedientando a "multitud" de letrados de extranjería por ejercer la defensa de los inmigrantes hasta las últimas consecuencias. (abogados.es) [4 - 11 - 2009] [Texto completo]


[N]

La Subcomisión de Extranjería del CGAE satisfecha con algunas mejoras de la nueva Ley, pero preocupada por aspectos que afectan a los derechos fundamentales de los extranjeros
El Consejo General de la Abogacía Española, a través de su Subcomisión de Extranjería, quiere expresar su satisfacción por algunas de las mejoras introducidas en el texto de la LO 4/00 de Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, conocida como Ley de Extranjería, tras ser aprobado en el Congreso de los Diputados. Sin embargo, también muestra su preocupación por la permanencia de aspectos que inciden negativamente en derechos fundamentales de la persona y confía en que el trámite parlamentario en el Senado permita resolver estos problemas. (cgae.es) [5 - 11 - 2009] [Texto completo]


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Los sindicatos admiten por primera vez negociar una reforma laboral
Los sindicatos CC OO y UGT no descartan abordar una reforma laboral después de acordar con la patronal un acuerdo de negociación colectiva para los próximos tres años, dentro de un clima de "normalidad y cumplimiento de lo pactado". (cincodias.com) [6 - 11 - 2009] [Texto completo]


[N]

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