paraextranjeros.com
[REVISTA EXTRANJERIA]
 
Revista semanal sobre derechos y deberes de los extranjeros en España

Edición Web

Madrid (España), 4 de julio de 2011
Año 8, Núm. 341
Director: José Guilló Sánchez-Galiano

Teléfono: + 34 902 19 88 32
Suscripción, aquí
email de contacto

El enlace [Textos completos] no está activo en la versión promocional de esta Revista

[L]

[BOE] Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de la República de Turquía sobre empleo remunerado de los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, hecho en Estambul el 5 de abril de 2009.
[BOE 30 - 6 - 2011] [Texto completo]


[L]

[BOE] Corrección de errores del Convenio entre el Reino de España y la República de Camerún sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia, hecho en Madrid el 26 de enero de 2011.
[BOE 30 - 6 - 2011] [Texto completo]


[L]

[BOE] Real Decreto 899/2011, de 24 de junio, sobre ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de expedientes de regulación de empleo.
[BOE 30 - 6 - 2011] [Texto completo]


[L]

[BOE] Ley Orgánica 6/2011, de 30 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando.

El artículo primero de esta Ley contiene en sus distintos apartados las modificaciones de los preceptos de la Ley Orgánica 12/1995, de Represión del Contrabando, que son objeto de modificación.

En el artículo 1 de la Ley de Represión del Contrabando se modifican o introducen los conceptos necesarios para la delimitación de los ilícitos relacionados con todo tipo de armas y productos que pueden utilizarse para la tortura. Así, se modifica el concepto de «material de defensa» en su número 13, se introducen nuevos conceptos en los números 14 y 16 a 18 y, a estos efectos, se definen «introducción» y «expedición» en los números 7 y 9. En el número 1 del artículo se define el concepto de mercancía, incluyendo los medios de pagos en función de su forma de transporte. Por último, se introduce el concepto de recinto aduanero y de autoridad aduanera a los efectos de aplicación del derecho aduanero en los números 4 y 5, respectivamente.

En el artículo 2 se han reordenado los tipos penales mediante su agrupación en función del bien jurídico protegido y de la gravedad de la conducta en relación con el mismo, introduciendo en su número 5 la imprudencia grave como modo de realización del delito de contrabando y previendo en sus números 6 y 7 la responsabilidad penal de las personas jurídicas y de las empresas, organizaciones, grupos, entidades o agrupaciones carentes de personalidad jurídica, en línea con las últimas modificaciones del Código Penal.

En el número 1 de este artículo se definen las conductas típicas relacionadas con las mercancías de lícito comercio, excluidas las estancadas o prohibidas cuya regulación se realiza en sus números 2 y 3, y se eleva a 150.000 euros el límite cuantitativo mínimo del ilícito penal, con el fin de ajustar su quantum al perjuicio social ocasionado en consonancia con el fijado para el delito contra la Hacienda Pública.

Para adecuar los cambios normativos al marco de la misión de seguridad y control a cumplir por la Administración aduanera en el comercio exterior, se agrupan en el número 2 del artículo 2 todas las conductas antijurídicas ligadas a tal misión, salvo las que se derivan de la aplicación de la política comercial, y las que afectan al Patrimonio Histórico Español, a la conservación de la flora y la fauna, al material de defensa y otro material, a los productos y tecnologías de doble uso o que puedan ser utilizados para la aplicación de tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, y a los precursores de drogas. Considerando que sólo deben ser objeto de pena aquellos casos en los que el daño sea relevante en función del bien jurídico protegido, el límite cuantitativo mínimo del ilícito penal se establece en 50.000 euros. En este mismo número se agrupan las acciones con géneros o efectos estancados y prohibidos, salvo que estos últimos estén incluidos en el número 3 del mismo artículo, ya que el fundamento para su regulación con tal naturaleza no puede estar sólo ligado a la protección de la Hacienda Pública.

En el artículo 2.3 de la Ley de Represión del Contrabando se eleva a 15.000 euros el importe del valor de los géneros de tabaco a efecto de la comisión del delito de contrabando.

Los artículos 3 y 5 se adaptan a la terminología y regulación que el Código Penal vigente realiza de la pena y el comiso.

El artículo 4 se reforma y se incorpora un nuevo artículo 4 bis para definir la responsabilidad civil subsidiaria y regular un sistema para la ejecución de la multa y tal responsabilidad semejante a la prevista para el delito contra la Hacienda Pública.

El artículo 10 se reforma con el fin dar un mismo tratamiento a la valoración de las mercancías de lícito comercio, estableciendo un sistema basado en el valor de venta limitado al precio de compra o al coste de elaboración modulado con el índice de precios.

En el artículo 11 se adecua la tipificación de las infracciones administrativas al cuanto delimitador del delito.

En el artículo 12 se actualizan las cuantías mínimas de la sanción.

En el artículo 12 bis se incorpora un nuevo supuesto de medio fraudulento, la incorrecta o falsa declaración de elementos o datos determinantes para la gestión informatizada del control, adaptando la regulación al actual modelo de gestión informatizada de declaración aduanera.

La redacción del artículo 14 pone en concordancia la normativa sobre infracciones de contrabando con la legislación de prevención del blanqueo de capitales.

Se crea un nuevo artículo 14 bis para regular la relación entre delito de contrabando e infracción administrativa, con los mismos criterios aplicados en la relación entre el delito contra la Hacienda Pública y la infracción tributaria.

El artículo 16, sobre competencia en materia de reconocimiento y registro de los servicios de aduanas, se acomoda al concepto de control aduanero definido en el artículo 25 del Reglamento (CE) n.º 450/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el Código Aduanero Comunitario (Código Aduanero Modernizado).

Con el fin de hacer efectiva la misión de la Aduana sobre el comercio ilegal y la seguridad y protección, así como la propia aplicación de la presente Ley, se incluye en la Ley Orgánica de Represión del Contrabando una Disposición adicional tercera que regula la obligación de declaración aduanera por parte de los transportistas en relación con los viajeros objeto del transporte.

El artículo segundo de la presente Ley modifica el artículo 58 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, con el fin de asegurar los medios materiales necesarios para la aplicación de la Ley Orgánica 12/1995, de Represión del Contrabando, estableciendo las condiciones para la autorización de los recintos aduaneros.

La disposición adicional primera establece la reducción de las exenciones fiscales aplicables en el régimen de viajeros para residentes y trabajadores fronterizos de la zona fronteriza de Gibraltar y del Principado de Andorra en relación con las importaciones de labores de tabaco.

En las disposiciones finales se establece el título competencial con base en el cual se dicta esta Ley, el carácter de Ley orgánica u ordinaria de sus preceptos y su entrada en vigor.

[BOE 1 - 7 - 2011] [Texto completo]


[L]

[BOE] Orden PRE/1803/2011, de 30 de junio, por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados en frontera y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería.
[BOE 1 - 7 - 2011] [Texto completo]


[L]

[BOCG] Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva (procedente del Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio).
[BOCG 1 - 7 - 2011] [Texto completo]


[L]

[BOE] Convenio entre el Reino de España y la República de Panamá para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y prevenir la evasión fiscal, hecho en Madrid el 7 de octubre de 2010.
[BOE 4 - 7 - 2011] [Texto completo]


[L]

[BOE] Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.

El texto refundido de la ley de auditoría de cuentas se estructura en cuatro capítulos, cinco disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias y seis disposiciones finales.

El capítulo I, «De la auditoría de cuentas», comprende 6 artículos, en los que se establece el ámbito de aplicación del texto legal, el contenido mínimo del informe de auditoría de cuentas, la regulación de la auditoría de cuentas consolidadas y la normativa reguladora de la auditoría de cuentas y se definen determinadas conceptos.

El capítulo II, sobre requisitos para el ejercicio de la auditoría de cuentas, contiene 5 artículos, en los que se regulan todos los aspectos referentes a los requisitos de acceso e inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas por los auditores de cuentas y sociedades de auditoría, incluyendo a los auditores de cuentas autorizados en otros Estados miembros de la Unión Europea y en terceros países.

El capítulo III, relativo al «Ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas», contiene 4 secciones, divididas en 15 artículos. En la sección primera se establece el régimen de independencia al que todos los auditores de cuentas y sociedades de auditoría se encuentran sujetos; en la sección segunda se regula la responsabilidad civil de los auditores en el ejercicio de la actividad de auditoría y la fianza que deben prestar; en la sección tercera, se prevén los deberes de custodia y secreto; y en la sección cuarta se establece la obligación de publicar el informe anual de transparencia por parte de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría que auditan las cuentas anuales de entidades de interés público.

El capítulo IV, sobre el sistema de supervisión pública de la auditoría de cuentas, comprende 5 secciones, divididas en 18 artículos. En la sección primera se establece que todos los auditores de cuentas y sociedades de auditoría estarán sometidos al sistema de supervisión pública, el cual estará regido por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, regulándose asimismo el control de la actividad de auditoría de cuentas y el régimen jurídico y organización de dicho Instituto; la sección segunda contempla el régimen de infracciones y sanciones; la sección tercera regula la supervisión de los auditores de cuentas y sociedades y demás entidades de auditoría autorizados en estados miembros de la Unión Europea y en terceros países; la sección cuarta contempla la cooperación internacional; la sección quinta recoge la regulación de la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Finalmente, las disposiciones acompañan al texto refundido contemplan la obligación de auditarse, los auditores del sector público, la ejecución del control de calidad por otros medios, la transmisibilidad de la responsabilidad administrativa de sociedades de auditoría extinguidas, y la transparencia y publicidad de la actuación del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. En las disposiciones transitorias se incorporan las que se contenían ya en la Ley 12/2010, referidos a situaciones y deberes que se suponían novedades con la citada Ley. Y en las disposiciones finales se regulan principalmente los mecanismos de coordinación con órganos públicos con competencias de control o inspección, y recogen determinadas habilitaciones.

[BOE 2 - 7 - 2011] [Texto completo]


[L]

[BOE] Ley [COMUNIDAD DE MADRID] 3/2011, de 22 de marzo, por la que se establece y regula una red de apoyo a la mujer embarazada.
[BOE 4 - 7 - 2011] [Texto completo]


[J]

[TJUE] En opinión de la Abogado General Sharpston, los pasajeros pueden reclamar el reembolso de los gastos razonables en que hayan incurrido cuando una compañía aérea no les haya proporcionado atención y asistencia en caso de cancelación de un vuelo.
Esa compensación no puede verse reducida por la compensación que ha de pagarse cuando un vuelo es cancelado

Conforme al Reglamento sobre compensación a los pasajeros aéreos,  en caso de cancelación de un vuelo, los pasajeros deben obtener un reembolso de sus billetes o bien un transporte alternativo. La aerolínea debe igualmente ofrecer atención adecuada (por ejemplo, alojamiento, comida y llamadas telefónicas) mientras se espera un vuelo posterior. Cuando el vuelo se cancela con muy poca o ninguna antelación y cuando no existen circunstancias extraordinarias, los pasajeros tienen también derecho a una compensación cuyo importe varía en función de la distancia del vuelo programado. El Reglamento dispone asimismo que éste se aplica sin perjuicio de los derechos del pasajero a obtener una compensación suplementaria y que la compensación que se conceda con arreglo al Reglamento podrá deducirse de la eventual compensación suplementaria.
La familia Pato Rodríguez, la familia López Sousa y el Sr. Puga Lueiro tenían reserva para un vuelo de Air France de París a Vigo, el 25 de septiembre de 2008. El vuelo despegó según lo programado, pero regresó poco después al aeropuerto Charles de Gaulle debido a un problema técnico en la aeronave. Todos ellos fueron recolocados en vuelos alternativos al día siguiente; sin embargo, sólo el Sr. Puga Lueiro recibió asistencia por parte de la compañía aérea entretanto. La familia Pato Rodríguez fue desviada a Oporto y tuvo que tomar un taxi desde allí a su lugar de residencia, en Vigo.
Todos los pasajeros interpusieron demandas reclamando, cada uno de ellos, 250 euros por la cancelación del vuelo. Además, la familia Pato Rodríguez reclama 170 euros para cubrir los gastos del taxi y 650 euros por persona en concepto de daños morales. La familia López Sousa también solicita 650  euros por persona en concepto de daños morales y, además, reclama el coste de las comidas en el aeropuerto y un día adicional de guardería para el perro. El Sr. Puga Lueiro reclama 300 euros por daños morales.
El órgano jurisdiccional nacional pregunta al Tribunal de Justicia si los hechos de que se trata pueden considerarse una «cancelación» y si la «compensación suplementaria» que un pasajero puede reclamar se refiere a los tipos de compensación previstos por el Reglamento (como los gastos de atención) o puede extenderse a otros perjuicios, como los daños morales.
En sus conclusiones, la Abogado General Eleanor Sharpston estima que un vuelo resulta «cancelado» en el sentido del Reglamento si, aun habiendo salido según lo programado, no llega a su destino previsto, sino que regresa al aeropuerto de origen. La finalidad de un vuelo es transportar pasajeros y su equipaje del punto A al punto B. Cuando un vuelo sale del punto A según lo previsto pero después regresa al punto A y no prosigue ulteriormente, no puede decirse que tal vuelo se haya realizado. No se ha materializado ningún elemento esencial de la operación en cuestión, puesto que el transportista no ha transportado a nadie, ni nada, a ningún lugar.
Sobre la compensación, la Abogado General considera que la referencia a una «compensación suplementaria» no puede limitarse a una compensación del tipo previsto por el Reglamento: éste no establece ninguna limitación al tipo de daño por el que un pasajero puede reclamar. La determinación de este punto incumbe al Derecho nacional y, por consiguiente, puede incluir el daño moral.
La Sra. Sharpston estima asimismo que un pasajero puede reclamar una compensación por los gastos efectuados cuando una compañía aérea no ha proporcionado atención y asistencia. Aunque tal compensación no se prevea explícitamente en el Reglamento, está claro que la obligación de proporcionar atención y asistencia sería inane si su cumplimiento no pudiera imponerse. Además, la obligación de proporcionar atención y asistencia no depende de que el pasajero la haya solicitado en su momento. De este modo, tal solicitud no es necesaria para reclamar una compensación.
Por último, la Abogado General entiende que no cabe considerar que el reembolso de tales gastos constituya una «compensación suplementaria» de la que pueda deducirse otra compensación concedida con arreglo al Reglamento. El deber de pagar una compensación por la cancelación de un vuelo y el deber de proporcionar atención y asistencia son concurrentes y cumulativos: la aerolínea no puede eludir su responsabilidad deduciendo uno del otro.


    Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos. (DO L 046, p. 1).
[Texto completo]


[J]

[SG IRPF] Arrendamiento vacacional por internet. Fiscalidad.
La consultante es propietaria de un apartamento que ha puesto en alquiler vacacional a través de una página de Internet. [Texto completo]


[N]

Los empleados de hogar cotizarán todas las horas a la Seguridad Social
Los empleados de hogar vieron ayer cumplida una de sus viejas aspiraciones: entrar en el régimen general de la Seguridad Social. Dicho en plata, los empleadores de los trabajadores domésticos tendrán que cotizar por ellos desde la primera hora. En este momento solo tienen la obligación de hacerlo si la contratación supera las 20 horas semanales de trabajo. Este logro fue posible gracias a un pacto in extremis del Gobierno con UGT y CC OO que se incluyó ayer en la reforma de pensiones aprobada en el Congreso. (elpais.com) [28 - 6 - 2011] [Texto completo]


[N]

Una calculadora online que estima los costes del divorcio despierta pasión en China
Una calculadora británica que estima los costos de un divorcio ha despertado gran pasión entre las parejas chinas, que con el invento han empezado a repensar si vale la pena dejar a sus parejas, informó el diario oficialista Global Times. (20minutos.es) [28 - 6 - 2011] [Texto completo]


[N]

AI denuncia la represión china de abogados pro derechos humanos
La ONG explica que el control ha aumentado por temor a que estalle una revolución como en los países árabes (elpais.com) [30 - 6 - 2011] [Texto completo]


[N]

Italia aprobará hoy un duro plan de ajuste que incluye gravar las transacciones financieras
El Gobierno italiano que preside Silvio Berlusconi se dispone este jueves a aprobar en Consejo de Ministros un nuevo plan de ajuste presupuestario, que pretende ahorrar y recaudar para las arcas públicas unos 47.000 millones de euros hasta 2014. Esta medida se toma un día después de que el Parlamento griego aprobara su polémico plan de ajuste para salvar al país de la bancarrota. (20minutos.es) [30 - 6 - 2011] [Texto completo]


[N]

Competencia cuestiona el Reglamento de la Ley de Acceso
La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha emitido un duro posicionamiento sobre el Reglamento de desarrollo de la Ley de Acceso a la Abogacía y a la Procura, que se aprobó el pasado 3 de junio. (expansion.com) [30 - 6 - 2011] [Texto completo]


[N]

UGT confía que el Reglamento de la Ley de Extranjería, que entra en vigor hoy, agilice y dé uniformidad a la tramitación de los procedimientos de extranjería
Hoy entra en vigor el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería (LOEX), cuyo contenido sociolaboral es fruto del Diálogo Social. UGT considera necesario que su aplicación contribuya a agilizar y dar uniformidad a la tramitación de determinadas cuestiones habituales que se plantean en materia de extranjería, y confía que en su desarrollo progresivo dé solución a aspectos que ni la Ley ni el Reglamento ha tenido en cuenta, como la explotación laboral cuando ésta no se produce en el marco de una conducta delictiva de trata de seres humanos. El sindicato hace un llamamiento a los grupos parlamentarios para que incluyan en el Proyecto de Ley de igualdad de trato, que se está tramitando en el Congreso, la nacionalidad como posible motivo de discriminación, ya que podría poner en cuestión los objetivos y la finalidad de una ley que trata de constituir la base del derecho antidiscriminatorio en nuestro país. (ugt.es) [30 - 6 - 2011] [Texto completo]


[N]

Portugal anuncia por sorpresa un impuesto extraordinario
La tasa, equivalente al 50% de la paga de Navidad, se aplicará a los ingresos por encima del salario mínimo (elpais.com) [1 - 7 - 2011] [Texto completo]


[N]

La UE confirma que Grecia cumple las condiciones para recibir nuevas ayudas
Los ajustes helenos abren la vía para entregar a Atenas 12.000 millones del quinto tramo del primer rescate (lavanguardia.com) [1 - 7 - 2011] [Texto completo]


[N]

España registra ya más emigrantes que inmigrantes a causa de la crisis
España registró un saldo migratorio negativo este año por primera vez desde que comenzó la crisis económica, lo que supone también un descenso de la población estimada por Estadística. Las dificultades para encontrar o mantener el empleo han provocado una salida neta de población en el primer trimestre de 26.442 personas. (cincodias.com) [1 - 7 - 2011] [Texto completo]


[N]

El TC cuestiona ante Europa las euroórdenes
El Constitucional duda de la legalidad de que España entregue a condenados en rebeldía (publico.es) [1 - 7 - 2011] [Texto completo]


[N]

68.000 parados menos en junio
Hoy, lunes 4 de junio se han publicado los datos de paro y afiliación a la Seguridad Social correspondientes al mes de junio. El paro ha bajado en 67.858 personas en junio y se sitúa en 4.121.801 personas. El desempleo se redujo en junio en el sector servicios, en la construcción y en la industria, y entre todas las edades. En los últimos 3 meses se ha reducido el desempleo en casi 212.000 personas, convirtiéndose este trimestre en el mejor de toda la serie histórica. [4 - 7 - 2011] [Texto completo]


[N]

CONSEJO DE MINISTROS. Medidas sociales, de apoyo a empresas y emprendedores, y de control del gasto público.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que contiene un amplio conjunto de actuaciones para fomentar de forma inmediata la protección social de los ciudadanos, la sostenibilidad de las finanzas públicas y el apoyo a los emprendedores, tal como avanzó el presidente del Gobierno en el Debate sobre el Estado de la Nación celebrado esta misma semana.

  • Se amplía el límite de inembargabilidad de los ingresos desde el actual 110 por 100 del salario mínimo interprofesional hasta el 150 por 100 (961 euros efectivos) para aquellos deudores que han perdido su vivienda habitual
  • Se faculta al ICO para establecer una línea de préstamos a las entidades locales para el pago de las facturas pendientes con empresas y autónomos a 30 de abril de 2011
  • Se fomenta la inversión en nuevas empresas mediante la exención fiscal a las plusvalías que se obtengan
  • Se reforma la Ley de Estabilidad Presupuestaria para introducir una regla de gasto en las administraciones públicas
[4 - 7 - 2011] [Texto completo]


[N]

INFORME sobre el Plan de actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2008/2010, para la vigilancia en las empresas de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Trabajo e Inmigración sobre el Plan de Actuaciones de la Inspección para la vigilancia en las empresas de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
El Plan de actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de igualdad y no discriminación por razón de sexo se ha elaborado teniendo en cuenta los Protocolos de Colaboración firmados el 22 de septiembre de 2009 por la ministra de Igualdad y el ministro de Trabajo e Inmigración, y con acuerdo de este último Ministerio y el actual Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, además de haber sido consultadas las autoridades laborales de las Comunidades Autónomas. [4 - 7 - 2011] [Texto completo]


[N]

Los jueces avalan el despido por conectarse a Facebook en el trabajo
El Tribunal de Justicia de La Rioja considera ajustada a derecho la decisión empresarial de extinguir el contrato de una empleada que dedicaba buena parte de su jornada laboral a navegar por redes sociales, radios y tvs online, entre otras. (expansion.com) [4 - 7 - 2011] [Texto completo]



© 2002 - 2011 PYB ENTERPRISES S.L.
Este semanario es una publicación de paraextranjeros.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido de la presente revista. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraextranjeros.com es una web de PYB Enterprises, SL.
paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.


PYB Enterpiseses, SL. Centro de trabajo:
Av. Huerta Grande, 2 portal D bajo B, 28223 - POZUELO DE ALARCON (MADRID-España) TELEFONO + 34 902 198 832 – Fax + 34 901 020362.
Contactar:
pulse aquí.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos. Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

Reglamento de extranjeria 2011
330 páginas, 1ª edición, junio 2011,
Precio:33,28 € Oferta:31,62 € (iva incl.)24 H
[Pedir]  [Más info] [Indice]
Sistema penal y control de los migrantes. Gramatica del migrante como infractor penal
266 páginas, 1ª edición, mayo 2011,
Precio:23,00 € Oferta:21,85 € (iva incl.)24 H
[Pedir]  [Más info] [Indice]

LIBROS ELECTRONICOS

Novedades todos los días en paraprofesionales.com

Catálogo aquí. Descarga inmediata

Más de 2000 libros de todas las temáticas:
Biografias | Deporte y ocio | Ficción | Infantiles y didácticos | Literatura | Economía y gestion de empresas | Autoayuda
| Salud | Derecho

Ebooks en paraprofesionales.com


Todo para aplicar la reforma del reglamento de extranjeria
Curso práctico de derecho de extranjería
julio 2011,
E-learnig. Diploma acreditativo homologado por el Consejo General de la Abogacía Española.
Todo adaptado al nuevo reglamento. Extraordinaria oferta en esta convocatoria: - 46 % y regalo BD extranjeria un año
Precio:1.121,00 € Oferta:601,80 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info] [Indice]
Curso práctico de derecho de extranjería
junio 2011,
Curso a distancia. Diploma acreditativo homologado por el Consejo General de la Abogacía Española.
Puede bonificarse en la cotización a la Seguridad Social
Precio:601,80 € Oferta:510,94 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info] [Indice]
Base de datos de extranjeria
Incluye suscripción,
TODO LO NECESARIO PARA ASESORAR EN EXTRANJERIA. Bases de datos interrelacionadas: legislación, jurisprudencia, formularios, modelos y esquemas procedimentales + Código de legislación en papel.
Precio:352,82 € Oferta:243,08 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info]
Revista de Derecho Migratorio y Extranjería.
Incluye suscripción,
Versión papel + internet
Precio:140,40 € Oferta:112,32 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info]


Promociones especiales papel + on line con actualización durante un año
Guía Práctica de las Sociedades Mercantiles
2000 páginas, Incluye suscripción,
Todo lo necesario para asesorar con el nuevo TEXTO REFUNDIDO DE SOCIEDADES MERCANTILES. Espectacular oferta conjunta CD + papel + Internet
Precio:342,16 € Oferta:138,32 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info] [Indice]
Legislación Procesal Civil Vigente. Formularios
Incluye suscripción,
Formularios procesales civiles permanentemente actualizados
Precio especial para nuevas altas hoy + Internet GRATIS un año
Precio:206,96 € Oferta:79,04 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info] [Indice]
Propiedad Horizontal
Incluye suscripción,
Colección de dos volúmenes de hojas cambiables y un CD-ROM con formularios y el texto integro de la Ley de Propiedad Horizontal.
Oferta especial ahora + internet gratis un año
Precio:206,96 € Oferta:79,04 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info]
Arrendamientos urbanos y Propiedad Horizontal
Incluye suscripción,
Espectacular oferta conjunta CD + papel + Internet
Precio:353,60 € Oferta:128,96 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info]
Práctica Laboral y de Seguridad Social
Incluye suscripción,
La reforma laboral actualizada día a día: Hoy precio especial y regalo LNOL Laboral Practica, Doctrina, Legislación y Convenios GRATIS un año (regalo valorado en 930 €)
Precio:327,60 € Oferta:238,16 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info] [Indice]
Practica Fiscal. Formularios y casos prácticos.
Incluye suscripción,
Descuento especial para nuevas altas ahora: Papel + CDROM + Internet + REGALO INTERNET valorado en más de 471 €
Precio:296,40 € Oferta:223,60 € (iva incl.)
[Pedir]  [Más info] [Indice]
¿ Descuentos ?
5% al 25% 50% al 100%
¡¡ ULTIMA HORA !!